SALUDO

Este Blog nace por la necesidad de dar respuesta a muchas dudas, inquietudes y emociones mezcladas de los emigrantes que llegan a tierras mexicanas y que andan un poco perdidos o temerosos.

La idea es facilitarles el conocimiento de los procesos, de los trámites migratorios, legales, tips, ideas de cómo alquilar un piso, cómo encontrar trabajo, que te piden y bueno, en general el protocolo social, de negocios hablado y no hablado.

Así que esta loca de la vida, quiere compartir y colaborar con lo que puedo ofrecerle a los demás, apoyo y conocimiento a fuerza de golpes, lágrimas y desesperación, para evitaros, a los nuevos que llegáis, el trauma, a veces la impotencia o desesperación a la hora de resolver algunas situaciones.

Quiero compartir no solo mis experiencias, para que en vez de pasar meses ideando o investigando, ahorréis especialmente tiempo e incluso hígado... sino también información, que en ocasiones no se comparte completa desde el principio, por lo que en vez de ir 1 o 2 veces a hacer un trámite, acabas yendo 7-8 y por supuesto ya una úlcera creada...

Intento contestar en el mismo día todas las dudas, pero a veces mi trabajo real, se me come y tardo un poco más, así como ir subiendo poco a poco los post.
Si hay algún tema en especial que quieras que se trate en un post, hacédmelo saber y con gusto los subo en cuanto me sea posible.
Espero que os sirva, que es el objetivo de este blog, ayudar e informar.
Veréis abajo páginas del Blog, ordenadas por Intereses:
Temas Migratorios, Empresas, Vivir en México... poco a poco iré añadiendo páginas diferentes

¡¡Bienvenidos a México!!

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miércoles, 1 de febrero de 2017

CONTRATAR A UN EXTRANJERO EN MÉXICO

Es común que las empresas tengan la inquietud de lo que deben hacer para contratar a un extranjero así como la cantidad de información cruzada que suscita error o confusión.




Por ello voy a intentar resolver algunas dudas al respecto:

1. - Cualquier empresa puede contratar a un extranjero, solo debe darse de alta como empleador ante migración.

2. - El alta como empleador es un proceso gratuito para la empresa

3. - Debe darse de alta en las oficinas del Instituto de Migración del Estado que corresponda acorde a su domicilio fiscal.
Por ejemplo, una empresa que está en Mérida, debe hacer el trámite en las oficinas del Instituto de Migración del Estado de Yucatán en Mérida.
4. - Durante el proceso de alta como empleador recibirá una visita de migración para comprobar que la empresa existe.


Respecto a la cuota de contratación 1 extranjero por cada 9 mexicanos

Hay muchos mitos y explicaciones, así que dejadme explicaros que significa de cara a una contratación.



Vamos a suponer que tenemos 9 empleados mexicanos, por lo que puedo contratar un extranjero, esto queda claro, pero ¿qué pasa si tengo 4 mexicanos? ¿puedo contratar a un extranjero? 
  • Pues si, porque la media es 1/9, es decir que si contrato a un extranjero y tengo 5 mexicanos, ya cumplí la regla, lo que me están diciendo que no puedo contratar a un segundo extranjero hasta no tener 9 mexicanos. 
  • ¿Y si tengo 11 mexicanos? puedo contratar a 2 extranjeros, porque no rompo la media, solo que tengo que contratar mexicanos hasta llegar a 20, sin poder contratar a otro extranjero.

Cargos de Confianza

¿Qué pasa si necesito un extranjero más y no voy a poder cumplir el % de 1/9?

Es posible cuando se tratan de cargos de confianza y trabajo muy específico que solo esa persona puede realizar, por lo que debe venir muy bien argumentado.



Modalidad de Contratación 

No todas las modalidades de contratación son iguales, pero de cara a migración sobre todo es importante el rol que va a desempeñar, el tiempo de duración y especificar el tipo de remuneración a percibir.



  • Si la persona cuenta con un contrato específicamente descrito como indefinido y con un proyecto de mas de 4 años, es posible solicitar una residencia por 4 años y olvidarse de estar renovando.
  • Si la persona cuenta con un contrato por 6 meses, la residencia temporal solo la otorgarán por 6 meses.
  • Si la persona cuenta con un contrato por un año, entonces solo podrá solicitar la residencia por un año, renovable hasta 3 veces.
  • Si la persona cuenta con un contrato por un proyecto en concreto con temporalidad en concreto entonces solo podrá solicitar la residencia por todo el tiempo que dura el proyecto, máximo por 4 años.


Retribución / Remuneración / Sueldo

Una de las dudas mas frecuentes es el tipo de remuneración que se ofrece. 




Podemos encontrarnos varias propuestas, pero todo depende del contrato de trabajo. 
  • Salario Fijo 
  • Salario Variable, pudiendo estar condicionado a determinados trabajos, como las comisiones
  • Suelo + Comisiones
  • Comisiones
  • Reparto de Dividendos (muy común en las personas que son socias de una empresa y tramitan en nombre de su empresa, su propia visa por oferta de empleo)
  • Comisiones + Reparto de Dividendos (muy común en las personas que son socias de una empresa y tramitan en nombre de su empresa, su propia visa por oferta de empleo)

La empresa que quiera contratar a un extranjero, solo debe tener claro que debe hacer, no importa si es turista, residente temporal o residente permanente, siempre debe estar dada de alta ante migración y debe renovar anualmente dicho permiso.
  • Si la persona no cuenta con residencia en México o está en el extranjero.
Debe solicitar una Visa por oferta de empleo para ese extranjero. 
Al extranjero le asignarán un número de trámite (NUT) y deberá ir a una entrevista al extranjero a un Consulado Mexicano. 
Luego deberá volver a México con una Visa para Canje para poder cambiarla por la tarjeta de residente temporal. 
Deberá proporcionar al extranjero en esta última etapa, una carta de oferta de empleo, copia de su registro como empleador ante migración y fotocopia del IFE o Pasaporte de la persona que firma la carta.
  • Si la persona cuenta con residencia en México:
  • Residente Temporal con permiso de trabajo o Residente Permanente
El extranjero debe hacer una notificación por cambio de empleo, no importa si es temporal o permanente, es obligatorio para él y no tiene costo. Le solicitará  
  • una carta de oferta de empleo 
  • copia de su registro como empleador ante migración 
  • fotocopia del IFE o Pasaporte de la persona que firma la carta.




    • Dependiente o Estudiante (sin permiso de trabajo)
El extranjero debe solicitar el permiso de trabajo, es una ampliación de su permiso de residencia.
Para el residente dependiente o el estudiante es un mero trámite, ya que a ambos, la ley se les permite ampliar su permiso y solicitarlo si encuentran un trabajo bien por oferta de empleo o bien quiere hacerse autónomos. 
Lo que ellos le van a pedir a la empresa, es exactamente lo mismo que si tuviese permiso de trabajo: 
  • una carta de oferta de empleo 
  • copia de su registro como empleador ante migración 
  • fotocopia del IFE o Pasaporte de la persona que firma la carta.



TRÁMITES QUE HACE UNA EMPRESA

Darse de alta como empleador ante migración Haz Click Aquí

Actualización Permiso como empleador ante migración Haz Click Aquí

Solicitud de Visa por Oferta de Empleo para un extranjero Haz Click Aquí



TRÁMITES QUE DEBE HACER UN EXTRANJERO CUANDO LO CONTRATA UNA EMPRESA


Si tiene estatus de Turista Haz Click Aquí

Si es Residente Temporal Dependiente Haz Click Aquí

Si es Residente Temporal con permiso de trabajo Haz Click Aquí

Si es Residente Permanente Haz Click Aquí



Espero os haya servido

Saludos

Lau

miércoles, 7 de octubre de 2015

CREAR UNA EMPRESA EN MÉXICO

Cuando hablamos de crear una empresa en México, no importa si es grande o pequeña, al fin y al cabo el proceso es el mismo de cara a las Instituciones mexicanas y sobre todo a migración.

Me explico.... cuando me refiero el mismo, me refiero a los pasos en general, ya que los detalles de cada empresa, si es filial de una extranjera, si es S.A de C.V., si es S.C. , una A.C.... todo esto se tramita a través de un notario y él o ella se encargará de hacer los trámites pertinentes acorde al tipo de empresa, así que no me voy a meter con esto, los que saben son los notarios.

Es importante buscar un buen notario y uno que no te cobre una millonada por algo que no tiene tal costo, en México muchos trámites son gratuitos, por lo que (excepto las escrituras claro y su registro), muchas cosas por las que te van a cobrar es por gestionarlo y hacerlo.

El Instituto Nacional del Emprendedor, hizo una página donde explican muy bien, especialmente para las Pymes, no solo los procesos de creación de una empresa, sino también como hacer un Business Plan etc. : Se llama la página PepeyTono

Por cierto, para el que quiera asistir, también hacen 1 vez al año, "La Semana del Emprendedor" donde revisan, capacitan y dan asesoría a las personas que tienen la inquietud de hacer realidad un proyecto empresarial. Ver info aquí

Pongamos nosotros también un resumen y veamos paso por paso que hay que hacer, desde el punto de vista legal.... y si estando de Turista en México, puedes crear y ser socio de una empresa.


1. - Solicitar la razón social ante la Secretaría de Economía 
Ojo esto cambió hace poco, antes era ante Asuntos exteriores. 

El proceso es gratis, lo puedes hacer tu o un notario, se solicitan las razones sociales, y te contestan en máximo 3 días... es my rápido.
Cuenta que la razón social, no es la marca ni el nombre de la empresa, ejemplo: Coca -Cola en México está registrada como FEMSA., así que no pasa nada si no os aceptan vuestro nombre "comercial", una cosa es la razón social y la otra la marca.
La Secretaría de Economía te da la opción de revisar si ya existe la razón social que elegiste, así que antes de que mandes o manden la solicitud, revisa!!! Se de personas que han tenido que enviar la solicitud 5 veces y denegadas 4 por no mirar y eso que te piden que pongas 3 opciones....
Para hacerlo tu mismo haz click aquí 

Es el portal único del gobierno mexicano: gob.mx 
Se que extranjeros no podemos hablar de política ni decantarnos políticamente, espero que este comentario no lo tomen como tal, porque da igual quien hubiese gobernado, pero la verdad, estoy feliz que se haya hecho este portal, es parte del concepto de gobierno digital y gobierno abierto, dentro de facilitar a los ciudadanos información y trámites. Yo estoy feliz, porque ahora encuentro todo. Reitero no es posicionamiento político, sino es una opinión de una ciudadana residente en México, que lleva muchos años y ha peleado mucho por encontrar información, nada que ver con política.



Yo siempre recomiendo... zapatero a tus zapatos, así que mejor que os haga todo el proceso una notaría, os evitaréis problemas, tiempo... para eso estudiaron para notarios, así que dejarles hacer su trabajo.

2. - Escrituras de la empresa. 
Vuestro Notario, os mandará unos formatos para que incluyáis, número e información de socios, objeto de la empresa... etc un ejemplo de las escrituras, elegiréis socios, %, responsabilidades... etc
Recordad que no es lo mismo una S.C (Sociedad Civil) que una S.A. de C.V. Ojo con esto porque afecta a la hora de pagar impuestos.
Dicen que hay que tener siempre 3 amigos seguros: 1 abogado, 1 contados y una Médico.... Yo tengo la suerte de tener de los 3 
Gracias a mis 2 grandes amigas: Karla y Lupita, me asesoraron muy bien, acorde al objetivo de la empresa que creé en México, porque luego, según a lo que te dediques, cambia no solo de una S.C. a una S.L o S.A. de C.V. entre otras, sino también los tiempos a la hora de pagar impuestos.... 
Las empresas en México hacen la declaración de impuestos mensualmente y al final, la anual.... es importante este punto ¿porque?
Si solo das consultoría, asesoría, capacitación etc, es decir, bienes intangibles, no vendes nada físicamente, te recomiendan que crees una S.C. (Sociedad Civil).
Si vendes bienes tangibles, físicos debes crear una S.A. de C.V.

¿Por qué importa esto? 
Las S.A. de C.V. cuando emiten una factura a un cliente, deben pagar impuestos (tanto el I.V.A. como el correspondiente cerca del 35% del dinero que te queda de ese ingreso (dependiendo del monto ingresado al año), aunque el cliente no haya pagado, es decir, si se atrasa en pagar 2 meses, paga impuestos, de ese servicio, el mismo mes que emite su factura, haya o no pagado a tiempo el cliente.
Ejemplo: S.A. de C.V. 
Factura a la empresa A factura a la empresa B 20.000, 00 pesos mexicanos + iva (16%) = 23.200,00
  • Situación A: La empresa B paga a tiempo (es decir factura en Octubre y recibe la empresa A el monto facturado en Octubre). 
Paga a Hacienda: 3200 pesos mexicanos de Iva + 7000 pesos mexicanos de iva (35%) (*)  
(*) Lógicamente si tiene facturas para desgravar, se descuenta de los 20.000 pesos, siempre pagas el 35% del dinero que queda en la cuenta bancaria correspondiente a ese mes. Por ejemplo si yo tengo facturas desgravables por 3500 pesos, entonces pagaría a hacienda: 3200 pesos mexicanos de Iva + (20000 - 3500) * 35% , es decir: 5775 pesos mexicanos.
  • Situación B: La empresa B no paga a tiempo (es decir factura en Octubre y recibe la empresa A el monto facturado en Diciembre). 
Paga a Hacienda: 3200 pesos mexicanos de Iva + 7000 pesos mexicanos de iva (35%) (*)  Es decir, para igual a hacienda lo facturado.
(*) Lógicamente si tiene facturas para desgravar, se descuenta de los 20.000 pesos, siempre pagas el 35% del dinero que queda en la cuenta bancaria correspondiente a ese mes. Por ejemplo si yo tengo facturas desgravables por 3500 pesos, entonces pagaría a hacienda: 3200 pesos mexicanos de Iva + (20000 - 3500) * 35% , es decir: 5775 pesos mexicanos.
Las S.C. cuando emiten una factura a un cliente, deben pagar impuestos (tanto el I.V.A. como el correspondiente cerca del 35% del dinero que te queda de ese ingreso (dependiendo del monto ingresado al año), solo cuando el cliente haya pagado, es decir, si se atrasa en pagar 2 meses, paga impuestos, de ese servicio, cuando el cliente haga el ingreso en la cuenta de la empresa.

Ejemplo: S.C.
Factura a la empresa A factura a la empresa B 20.000, 00 pesos mexicanos + iva (16%) = 23.200,00
  • Situación A: La empresa B paga a tiempo (es decir factura en Octubre y recibe la empresa A el monto facturado en Octubre). 
Paga a Hacienda: 3200 pesos mexicanos de Iva + 7000 pesos mexicanos de iva (35%) (*)  
(*) Lógicamente si tiene facturas para desgravar, se descuenta de los 20.000 pesos, siempre pagas el 35% del dinero que queda en la cuenta bancaria correspondiente a ese mes. Por ejemplo si yo tengo facturas desgravables por 3500 pesos, entonces pagaría a hacienda: 3200 pesos mexicanos de Iva + (20000 - 3500) * 35% , es decir: 5775 pesos mexicanos.
  • Situación B: La empresa B no paga a tiempo (es decir factura en Octubre y recibe la empresa A el monto facturado en Diciembre). 
Paga a Hacienda: en Diciembre, lo explicado en el caso anterior.
Mi Karlita, es una crack!!! , abogada corporativa y trabaja en una de las Notarías más importantes de México, con negocios no solo en territorio nacional sino también a nivel internacional Notaría 221 de Ciudad de México 
  • Si alguien necesita crear una empresa: kcollado@notaria221.mx
Menos mal que me asesoró una amiga muy bien con el tema fiscal y más ahora con los cambios actuales...
  • Si alguien necesita un excelente y confiable despacho de contadores que me avise y con gusto os recomiendo el mío:  laura.gilg@icloud.com

3. - PROCESO EN HACIENDA

El alta se da en el SAT (Servicio de Administración Tributaria). 

El SAT es un órgano de la SHCP (Secretaria de Hacienda y Crédito Público), que se encarga de aplicar la legislación fiscal y aduanera.

  • Alta en del (RFC) *

El RFC es una clave que identifica como contribuyentes a las personas físicas o morales en México para controlar el pago de impuestos frente al SAT, el Servicio de Administración Tributaria. Sus siglas significan Registro Federal de Contribuyentes.  

En la Página http://www.rfc-sat.com.mx explican todo a la perfección.  Solo resumo algunas cosas de las que dicen en la página: 
Toda persona (física o moral) que realice alguna actividad económica que deba tributar impuestos deberá hacer su inscripción en el RFC SAT. 
El registro es gratis ver proceso haciendo click Aquí 
Importante: en el caso de las empresas, se debe acudir al módulo personalmente. Puedes darle permiso a la notaría para que te tramiten esto, te cobrarán por las molestias de tener que ir a entregar por ti los papeles. 
Es importante que consultéis también esto con vuestro contador, ya que hay que elegir sector y giro de la empresa a la hora de solicitar el RFC. Si no está claro en vuestras escrituras en el objeto de la empresas y/o tenéis varios giros, consultad dónde os conviene inscribirla.
No sólo sirve para el pago de impuestos, sino que con el RFC se pueden acceder a muchas facilidades, como:
  • Apertura de cuenta bancaria
  • Posesión de tarjeta de crédito
  • Acceso a programas sociales o becas
  • Venta de propiedades
  • Acceso a la seguridad social
  • Participación en las Afore (Administradoras de Fondos para el Retiro)
  • Uso del servicio de Infonavit (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores)

  • Obtener Firma Electrónica (FIEL) y el Sellos Digital *
La Firma Electrónica es un archivo digital que identifica a las personas (morales y físicas) al realizar trámites por internet en el SAT e incluso en otras dependencias del Gobierno de la República, decir a la hora de pagar impuestos, hacer licitaciones...etc
Para obtenerla haz click aquí 
Debe bien hacerlo vuestro representante legal o bien dar poder a vuestro despacho de contadores para que lo haga. Yo lo puse en las escrituras y así no tuve que ir, ellos se encargan de todo. Yo solo envío facturas mensuales, y recibo la declaración mensual y un link donde me dice que impuestos debo pagar y ya, así de sencillo.
Hoy en día es obligatoria la Facturación Electrónica, y en dicha factura te van a pedir 2 cosas, la Fiel y el Sello Digital.
Para obtener mas información sobre cómo obtener tu Sello Digital, Haz click aquí

  • Facturas Electrónicas
Te recomiendo que al contratar tu paquete de facturas, tengas en cuenta, cuántas facturas vas a utilizar en el año, ya que vienen en paquetes de 25, 50, 100 etc. No te lances a comprar muchas, si no tienes claro que vas a facturar, ejemplo, consultoría, porque el paquete es por 1 año. Si comprar 100 y gastas 20, al año debes renovar si quieres utilizar las restantes. Revisa bien los paquetes y condiciones, las empresas ofrecen muchas opciones.
En el caso de no querer contratar, el SAT, te ofrece de manera gratuita poder facturar: Haz click aquí


¿Cuánto dura este proceso?

Pues os tengo que decir que a mi me hicieron todo en 15 días, con mas calma si quieres en 1 mes. 



¿Cuánto cuesta este proceso?

Si hacéis todo vosotros... todo es gratis MENOS, las escrituras, que dependerán no solo de los honorarios de los notarios, sino también de la cantidad de hojas notariadas que tengan... cada hoja notariada cuesta, así que no os cobrarán lo mismo por una escrituras de 5 hojas que por unas de 20 hojas y tampoco cuesta lo mismo un notario reconocido que uno novato...

Aproximadamente podéis calcular aprox. 10000 pesos, puede que 6000, puede que 18000 (dependiendo del notario y de las hojas notariadas) 

También te cobrarán que alguien vaya a hacerte los trámites de RFC, FIEL y Sellos Digital, aprox. unos 3000 - 5000 pesos como mucho.


¿Por qué pongo precios?

Porque hay empresas que cobran, sobre todo a los extranjeros, unas cantidades exhorbitantes por la constitución de una empresa en México. Hay quien les ve la cara, les mienten con facturas con miles de trámites, que son gratuitos o que no existen y les cobra a lo "pendejo" y las empresas pagan por desconocimiento y hay empresas que se dedican a esto y cobran por sus honorarios y la confianza de que no les van a ver la cara, unas mucho y otras poco.

Así que para los que vienen a México, revisen bien lo que les quieren cobrar a la hora de crear una empresa, o traer una filial (aquí hay que hacer otras cosas, que sí son un poco más caras), a ver qué les están cobrando de verdad.

Yo les recomiendo a las filiales, que creen una empresa mexicana e intercambien acciones, registren esa marca a nombre de la empresa mexicana para poder utilizarla en México a nombre de esa razón social, porque acorde a la Ley Mexicana, dan preferencia a contratación a empresas mexicanas, en licitaciones también, y a la hora de pagar también, es mas fácil, es mas rápido, es mas barato y el resultado es el mismo.

Bueno, ya tienes todo lo que se necesita para empezar a trabajar como empresa

Si vais a contratar a extranjeros.... 

Solo os queda daros de alta en migración como empleador, para ver detalles de este proceso, que es gratis, haz click aquí


Espero que os haya servido!!!

Saludos

Lau


martes, 8 de septiembre de 2015

ACTUALIZACIÓN DE CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN COMO EMPLEADOR

La Actualización de Constancia, debe entenderse de 2 maneras:

1. - Renovación de un permiso anterior
2. - Cambio de alguna información sobre la empresa, ejemplo: domicilio fiscal, representante legal, escrituras....etc.

Recordemos que este proceso le corresponde a la Empresa ANTE INM en México y debe hacerlo o bien su representante legal, o bien otra persona en nombre de su representante legal


¿Qué debe presentar la empresa ante migración?

1 . - Formato para Empleadores Aquí


OJO NUEVO FORMATO DESDE AGOSTO 2015 Y ALGUNOS CAMBIOS



¿QUÉ DESEA HACER? 
Se debe seleccionar la opción de "Actualización de la constancia de inscripción de empleador" 



DATOS DE LA PERSONA QUE TENDRÁ A SU CARGO O RESPONSABILIDAD A EXTRANJEROS 

Se refiere a persona física o moral, no al nombre del "jefe" del extranjero. Recuerden que este proceso es para darse de alta en el registro de empresas que tiene permiso para contratar a un extranjero.

¡OJO! el formato cambia si respondes "Física o Moral"  y siempre estará bloqueada la pregunta de ¿Tiene constancia de inscripción?, ya que la están solicitando la renovación, marcará siempre si


PERSONA MORAL (Empresa, Institución, asociación...) 




Así que te solicitarán el RFC de la Empresa:




Si encuentra los datos de tu empresa /persona física
te desplegará la información correspondiente, sino los encuentra te saldrá un mensaje:

Si No encuentra los datos de tu empresa /persona física
Te saldrá un mensaje y te solicitará que incluyas los datos faltantes de nuevo, como en el formato si hubieses elegido la acción de "obtener constancia de empleador"





VER detalles en el Post "Cómo darse de alta como empleador" Aquí





Notificaciones
Si la empresa/persona quiere incluir una persona para recibir notificaciones que no sea el representante legal (por ejemplo un abogo o abogados de un despacho que les tramita los procesos en migración) debe rellenarse el siguiente espacio del formato online.

Comentarios
Si la empresa/persona quiere incluir algún comentario, hay un espacio para ello.





Haz Click en Guardar y aparecerá un mensaje (justo debajo de "guardar") donde te pregunte si la información es correcta:
  • Si das click en Sí te llevará bien a finalizar el proceso para imprimir o a un nuevo formato para solicitar otro nuevo trámite
  • Si das click en NO, te volverá a dejar el formato editable

Aparecerá este mensaje: 
Su solicitud ha sido registrada con el número de pieza: 000000XXXXXXX 
Posteriormente puede ir a la Impresión de solicitudes con su número de pieza 000000XXXXXX y su clave XXXXX para reimprimirla

Podrás imprimir, o en su defecto regresar al formato y volver a rellenar otra solicitud nueva.


Si haces click en impresión de solicitudes aparecerá esta pantalla donde deberás incluir tu número de pieza y tu clave asignada

IMPORTANTE: Una vez impreso el formato, deberéis firmarlo a mano. Abajo ejemplo:

NOTA: Debido a la información sensible como logos oficiales, nombres, datos privados, los documentos presentados en el post, contendrán esa información tachada y no visible.






Listado de documentos entregados
Es importante que en el último folio incluyáis el listado de TODO lo que van a entregar a los funcionarios de migración.




Una vez que ya esté este documento firmado en Original y con la lista incluida, hacer al menos una copia.

Yo prefiero hacer 2 y guardar en una carpeta o "folder" una copia de cada trámite, para siempre tenerlo a mano



¿Qué más necesitamos entregar en las oficinas de migración (INM) en México además del formato?



Reunir 2 Copias de Cada Documento citado a continuación:


2 -  Original y copia de la Constancia anterior


3. - Original y Copia de IFE/PASAPORTE/TARJETA DE RESIDENTE del Representante Legal de la Empresa


4. - Copia de la Declaración de Impuestos del año anterior.
Constancia de la presentación de la última declaración de impuestos.


5. - Copia de las declaraciones de impuestos mensuales de los 3 últimos meses
A veces lo piden y otras no, pero si lo tienes, es muy recomendable presentarlo.


6. - Copia del Comprobante de Domicilio
Preferiblemente teléfono fijo (TELMEX), Luz o Gas, siempre y cuando llegue factura, no vale el ticket del tanque de gas.
Importante cambio: el recibo no puede tener una fecha superior a 1 mes, hasta hace poco eran 3 meses.

7. - Carta Membretada de la Empresa Dirigida al INM
Bajo protesta de decir la verdad, presente una lista con TODOS los empleados que cuenta la empresa (Nombre Completo, Nacionalidad y Puesto) Para ver un ejemplo de carta Haz Click aquí 

EN EL CASO DE HABER CAMBIOS DE DOMICILIO O REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA, DEBE ADJUNTARSE DE MANERA ADICIONAL:


  • En caso de cambio de representante legal o apoderado:
  • Instrumento público en el que conste el tipo de poder o mandato y las facultades conferidas a los representantes legales o a los apoderados si el acta constitutiva no los contiene. (Nueva acta constitutiva, copia apostillada del acta asamblea de socios... etc) 
  • Identificación oficial vigente del representante o apoderado legal. 
  • Carta Membretada dirigida al INM, la notificación oficial por parte de la empresa, del cambio de representante legal o apoderado, incluyendo el nombre de la persona anterior y la actual.
  • En caso de cambio de domicilio:
  • Comprobante de domicilio cuya fecha de expedición no exceda de treinta días naturales. 
  • Carta Membretada dirigida al INM, explicando el cambio de domicilio, señalando el anterior y el actual.


Una vez que ya tengo todo, ¿Donde lo entrego?

Me debo dirigir a un oficina de migración, y allí encontraré 2 opciones:

1. - Ventanilla Trámites Completos
Si cuento con TODA la información y pagos, debo entregarlo en esta ventanilla
 2. - Ventanilla Trámites Incompletos
Si me falta algún papel o algún pago, debe entregar la documentación en esta ventanilla. Suele suceder cuando estamos a un día de la fecha de vencimiento de los plazos o decidimos hacer el pago más tarde. Esto supone que en la  primera notificación, no nos van a dar la aprobación, sino que nos pedirán que volvamos a las oficinas a entregar la documentación faltante. También implica demora en el proceso, de mas o menos entre mes y mes y medio.
Algunos me preguntáis que por qué a veces el proceso tarda tanto, tiene que mucho con la entrega total o parcial de la documentación. Si tu controlas la entrega de tus documentos es más fácil, pero cuando es la empresa a través de sus abogados u otras personas, a veces entregan todo, menos el pago de la tarjeta de residente, solo el de revisión del proceso, y hasta que no se lo piden no lo hacen, a veces por cautela, otras por desconocimiento.

El plazo de resolución es de unos 20 días hábiles (o 1 mes natural)


¿Cuál es el proceso una vez entregada toda la documentación? 

Documento - Resguardo 
En migración te darán un resguardo de tu proceso, para que puedas seguir el Trámite Online, uno como este de aquí abajo:




Lo importante del Documento: 
NUT (Número Único de Trámite) - Cuando tenemos más de un trámite en INM, aparecen bajo el mismo número y por lo tanto utilizaremos el mismo número de Pieza y Contraseña para darles seguimiento. 
PIEZA: Número con el que daremos seguimiento al trámite, por internet. 
CONTRASEÑA, con los cuales en podrás darle seguimiento a tu trámite Online, sin necesidad de ir a Migración de nuevo.

Darle seguimiento a tu trámite 
Solo debes hacer click Aquí  e introducir el número de Pieza y tu contraseña.





Nombre de la Persona Responsable 
Es la persona que va a autorizar tu solicitud. En el resguardo, arriba a la izquierda, debajo de "Pieza" y "Tipo de solicitud", sale el nombre de la persona que va a revisar tu trámite.
¿De qué nos sirve?
Si tenemos alguna duda, podemos ir a migración y solicitar una cita con ella. 
Al contrario de lo que mucha gente cree, en migración son muy amables con las solicitudes, si pides una cita con la persona responsable de tu trámite, no solo te ayudará, sino que te explicarán muy bien las cosas. Este sirve cuando el trámite es incompleto o te solicitan más información y no entiendes que has hecho mal, o que no has entregado o por qué los documentos que has entregado no son correctos.

Notificación por parte de migración
Una vez presentado el trámite, en el plazo que migración, lo estime, recibirás una notificación al correo que incluiste en el registro, en el asunto vendrá: Aviso de notificación.

Estimado: 
En relación al trámite migratorio con Número Único de Trámite (NUT) XXXXXXXXXXX, de conformidad con el artículo 35 Fracción II de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, y derivado de su consentimiento para recibir notificaciones electrónicas manifestado en el formato migratorio de solicitud de trámite con la pieza número XXXXXXXXXX, se le comunica que la autoridad migratoria ha emitido un oficio, el cual se le notifica por este medio, mismo que puede consultar mediante el siguiente enlace:


HACER CLICK EN CONSULTAR OFICIO:


  • Si tu trámite NO ha sido aprobado 
  • Si consideran que debes presentar información adicional a la que se solicita o aclaración sobre la información presentada, cuando hagas click te aparecerá un oficio que dirá:
    Primero explicará el trámite e incluirá una lista de la documentación que has presentado y después explicará: 

    Derivado del análisis de la información exhibida antes descrita, se aprecia que no se cumple con los requisitos aplicables al trámite migratorio solicitado, específicamente a la siguiente documentación:  

    Tras este párrafo te expondrá o enumerará que necesitas hacer o entregar, así como el plazo que tienes para entregar dicha documentación en migración, que suele ser 10 días contados a partir de la notificación ( es decir, no cuando recibes el correo electrónico, sino cuando hacen click en "consultar oficio" ya se descargará un documento y quedará registrado que lo leíste, por lo tanto, lo recibiste) 

    Así que deberán ir de nuevo a migración a entregar la información pertinente y les volverán a entregar un recibo de entregado, similar al de la primera vez, pero en este caso, solo encontraréis la fecha en la que se registró la recepción de documentación adicional, el NUT y el nombre de la empresa.



  • Si tu trámite ha sido aprobado y no necesitas presentar más información, cuando hagas click te aparecerá tu Constancia.
  • Abajo os dejo un ejemplo de la Constancia que entrega Migración a las empresas.





    IMPORTANTE

    Recordad que este permiso dura solo un año, las empresas y las personas físicas con actividad fiscal, deberán renovarlo año con año.


    Espero que os haya servido de ayuda, a unos a entender el proceso y que solicitan y a otros a hacer correctamente tanto su trámite, como tener en orden y bien presentada la información.

    Sls

    Lau




    NOTA IMPORTANTE


    *TODOS LOS DATOS que se incluyen en los formatos SON FICTICIOS (nombre, direcciones, teléfonos, correos, números de documentos...etc), buscando facilitar la compresión a la hora de rellenar los formatos. Cualquier parecido con la realidad es coincidencia, sin dolo ni alevosía ni premeditación. En el caso de coincidir algún dato real, por favor, no duden en contactarme para cambiar el ejemplo. 

    Gracias y disculpen las molestias