La Residencia Temporal como Dependiente Económico, se otorga a las personas que tienen un vínculo familiar bien con un Mexicano/a o bien con un Residente Temporal o Permanente.
- Esposos o Esposas
- Hijos e Hijas
- Hijos e Hijas de la pareja, resultado de una unión anterior, que sea dependiente económico del mexicano/a o residente legal en México
- Menor sujeto a Tututela de un ciudadano mexicano o residente (hasta 25 años)
- Dependientes económicos (padres, madres, personas con capacidades diferentes que sean dependientes...)
- Pareja de Hecho/ Unión Libre reconocida Legalmente
- Concubino o Concubina reconocida Legalmente
Estas personas pueden solicitar la residencia temporal si su vínculo es con un nacional mexicano/a o con un residente temporal o permanente en México.
¿En qué Términos?
- Si no cuentan con oferta de trabajo, entonces se les concederá el permiso de residencia temporal como dependiente económico sin permiso para trabajar. En el caso de encontrar mas adelante trabajo o decidir ser autónomos o montar una empresa podrán solicitar a migración para trabajar.
- Si cuentan con oferta de trabajo, entonces podran solicitar la residencia temporal con permiso de trabajo.
Nos centraremos en el proceso de Residente Temporal Dependiente (Acompañante) en este Post, sobre el trámite que se presenta por primera vez, para solicitar la residencia.
Nos encontramos con 2 situaciones posibles a la hora de solicitar la Residencia Temporal por vínculo familiar como dependiente:
- Estoy en otro país y van a tramitarme una visa por unión familiar desde México.
Si vives en el extranjero y ya sabes que vas a venir a México a vivir y no vas a ir a Mexico como turista, entonces tu pareja o su empresa, necesita ir a migración a hacer la solicitud de visa por unión familiar.
- Pertenezco a un país que necesita Visa de turista para México
Debido a esta condición, la empresa o pareja deberá solicitar ante el migración una visa, acudir a una entrevista a un consulado mexicano, para que le den el permiso para poder venir a México a terminar el trámite de la tarjeta de residente temporal dependiente, ante es Instituto de Migración Mexicano.
- Pertenezco a un país que NO necesita Visa de turista para México
Puedes elegir, llegar como turista a México y hacer el cambio directamente en migración o que tu pareja o su empresa, solicite ante el migración una visa, acudir a una entrevista a un consulado mexicano, para que le den el permiso para poder venir a México a terminar el trámite de la tarjeta de residente temporal dependiente, ante es Instituto de Migración Mexicano.
Este proceso no exime de finalizar el proceso ante las oficinas del Instituto de Migración en México.
Para este proceso, donde tu pareja, hijo...etc hace una solicitud de Visa, haz click aquí
- El dependiente ya está en México como turista (FMM)
Ventajas:
NO HAY QUE SALIR DEL PAÍS, si no queremos.
Así como las personas que no tienen vínculo familiar tienen que salir del país obligatoriamente, en este caso, no es necesario. Se hace el cambio de Turista a Residente Temporal en México.
A LOS 2 AÑOS, ya pueden solicitar la Residencia Permanente.
La clave para que te den rápido la residencia, está en presentar el trámite completo a la primera, es decir, con TODOS los documentos que te solicitan. En el caso de presentar solo 1 pago o falte alguna documentación recibirás notificación de que necesitas hacer el siguiente pago, volverás a entregar la documentación faltante y deberás esperar a una segunda notificación para pasar a la segunda parte del trámite.
¿CUAL ES EL PROCESO?
PRIMERA PARTE DEL PROCESO
Nos centraremos en este proceso: Hacer el cambio de turista a residente temporal, por vínculo familiar, directamente en México.
NOTA: Si ya estás como turista en México, recuerda que no hay necesidad de salir del país para hacer el trámite y cambio de turista a residente temporal /permanente (los padres de hijos mexicanos, automáticamente les otorgan la residencia permanente, estén como turistas o como residentes temporales)
- De Turista a Residente Permanente por vínculo familiar ver aquí
- De Residente Temporal a Residente Permanente por vínculo familiar ver aquí
SUPONGAMOS QUE VAS A HACER EL TRÁMiTE EN MÉXICO,
¿Qué necesito hacer?
NUEVO FORMATO DESDE AGOSTO 2015
Haz Click en el link donde dice: "Formato para solicitar trámite migratorio de estancia"
Se abrirá una nueva página:
Haz Click en el link donde dice: "Formato para solicitar trámite migratorio de estancia"
Se abrirá una nueva página:
Seleccionar en el Menú: "Cambiar Condición de Estancia"
Seleccionar en el Submenú:"Cambio de Condición a Residente Temporal por Unidad Familiar"
Incluir Datos Personales del Extranjero
Nota: En este caso, como es la primera vez que hacen un trámite de residencia ante migración, aún ni poseéis el NUE (que es vuestro número único de extranjero) ni poseéis el CURP (*), por eso no está marcado como obligatorio con el símbolo de la estrella *. Lo necesitaréis para posteriores trámites en migración (notificaciones de cambios, renovaciones....)
(*) CURP o Clave Única de Registro de Población (CURP) es un código alfanumérico único de identidad de 18 caracteres utilizado para identificar oficialmente tanto a residentes extranjeros como a ciudadanos mexicanos de todo el país. Te asignan uno cuando te haces residente mexicano, y por lo tanto se muestra en tu tarjeta de residente.
Incluir Datos del Pasaporte
Incluir Datos del Domicilio del Extranjero en México.
Nota: El trámite debe hacerse ante las oficinas del Instituto de Migración de la Ciudad y Estado donde pongamos la residencia en este punto.
"Correo para notificar"
Dirección de Correo Electrónico donde se recibirán las notificaciones del INM asociadas a este trámite, elige un correo que veas habitualmente.
En el caso de incluir a otra persona (familiar, amigo, empleador, abogado...) debes incluirlo para que pueda ayudarte con el trámite.
Haz Click en "Agregar Persona" y se abrirá una nueva ventana donde incluir los datos. Cuando termines haz click en agregar. Si deseas agregar a alguien más repite el proceso.
Si deseas añadir algún comentario, hay un espacio para ello.
NUEVA OPCIÓN con el nuevo formato: En el caso de incluir el trámite de otro familiar al mismo tiempo, ya puedes hacerlo, solo debes hacer click en "Agregar Familiar"
En este caso, si existen otras personas dependientes como por ejemplo, los hijos, se podría hacer.
Haz Click en Guardar y aparecerá un mensaje (justo debajo de "guardar") donde te pregunte si la información es correcta:
- Si das click en Sí te llevará bien a finalizar el proceso para imprimir o a un nuevo formato para solicitar otro nuevo trámite
- Si das click en NO, te volverá a dejar el formato editable
Aparecerá este mensaje:
Su solicitud ha sido registrada con el número de pieza: 000000XXXXXXXPosteriormente puede ir a la Impresión de solicitudes con su número de pieza 000000XXXXXX y su clave XXXXX para reimprimirla
Podrás imprimir, o en su defecto regresar al formato y volver a rellenar otra solicitud nueva.
Si haces click en impresión de solicitudes aparecerá esta pantalla donde deberás incluir tu número de pieza y tu clave asignada
IMPORTANTE: Una vez impreso el formato, deberéis firmarlo a mano. Abajo ejemplo:
¿Qué más necesitamos entregar en las oficinas de migración (INM) en México además del formato?
2. - Original y Copia de Pasaporte
Normalmente solo piden la parte del pasaporte donde sale tu foto, tus datos y los sellos de entrada y salida, pero yo recomiendo que lleven todo el pasaporte fotocopiado, a mi me lo han llegado a pedir de las 2 maneras, completo o parcial, según quien te toque)3. - Original y Copia de la FMM
Documento que te sellaron a la entrada donde dice que tienes 180 días.
4. - Original y Copia de Comprobante de Domicilio no mayor a 3 meses
Gas, Luz, Teléfono (Telcel), Agua, pero solo las que vienen con facturas a domicilio, piden documentos oficiales, no vale ni el cable, ni registros bancarios. No es necesario si el recibo no está a tu nombre, puede estar a nombre del dueño del departamento que estás rentando, o a nombre de tus suegros o de tu mujer...etc.
5.- Carta dirigida al INM. 2 Copias. Donde bajo protesta de decir la verdad expongas las razones de querer residir en México y le solicites al INM el permiso de residencia.
Puedes revisar un ejemplo de Plantilla en otro Post, Haz Click Aquí
6.- Original y Copia de la identificación del Cónyuge (Para cotejo)
7. - Original y Copia de acta de Matrimonio, Unión Libre (te pedirán 2 por el juzgado civil y por el juzgado familiar), Concubinato.
8. - Carta de Existencia de Vínculo Familiar.
Puedes revisar un ejemplo de Plantilla Aquí
9. - Hay que demostrar que la persona de la cual eres dependiente puede mantenerte, por lo que se necesitarán unos ingresos de un mínimo del salario mínimo interprofesional, es decir unos 2000 pesos/mes.
- Carta Membratada en Original del empleador de tu pareja, que diga, cuánto tiempo lleva trabajando en la empresa, en qué puesto y el sueldo, firmado por un superior o el representante Legal. En el caso de ser Autónomo, entonces, una carta membretada del servicio que da o que vende...etc, desde cuando es autónomo y el monto mensual aproximado que recibe.
- Copia del documento oficial (IFE, PASAPORTE) de la persona que firma la carta. En el caso de que tu pareja sea autónomo, entonces, no se necesita.
- Original y Copia de los 3 últimos recibos de honorarios o de Sueldo.
En el caso de un autónomo, estados bancarios de los 3 últimos meses. Si eres autónomo, puede que te pidan las declaraciones de impuestos del año anterior y de los 3 últimos meses, pero esto depende de quien te atienda en migración, así que si los tienes, llévalos, por si las moscas.
NOTA: Este punto (9), no siempre lo piden, ya que depende de las condiciones y las circunstancias. No es lo mismo casarse con un mexicano/a y venir a vivir a México, que venir como esposo/hijo de un residente temporal que llegó a México por oferta de empleo. En el primer caso, no lo suelen solicitar, en el segundo si. Pregunten en migración si deben o no entregar esta documentación. Si la tienen mejor llévenla por si acaso, nunca se sabe.
10. - 2 fotos tamaño infantil de frente y 2 de perfil
Debes escribir el nombre completo detrás de cada foto. Realmente se necesita en la tercera parte del proceso, pero es mejor llevarlas. Hay algunos agentes que las incluyen y otros no, pero si las incluyen, ten en cuenta que NO las volverás a ver, por lo que hazte mas fotos.
11. - Formato Básico.
Este formato, en realidad, te lo piden en la segunda parte del trámite, y se saca online, pero por ejemplo, a mi me hicieron ir al módulo de información, solicitarlo, rellenarlo y entregarlo en esta parte del trámite.... luego en la segunda parte, tuve que volver a pedirlo... así que por si acaso, yo recomiendo llevarlo, lo peor que puede pasar es que te digan que no lo necesitan.
Te lo tomen o no te lo tomen... igualmente deberás rellenar online el pre-registro del formato básico. Haz Click Aquí para bajártelo
12 . - En ocasiones, sobre todo si es por unión libre, puede que te soliciten una carta adicional:
Una carta de Apoyo del Cónyuge. Puedes ver un ejemplo de plantilla Aquí
13 - Pago de Derechos
- Pago de Derechos por Recepción y Estudio de la Solicitud.
Este formato, se obtiene directamente en la página de migración, es un pago obligatorio para estudiar tu caso cuando hay cambios importantes, como aprobación de turista a residente temporal/permanente o de residente temporal a residente permanente, regularización....etc. Durante las renovaciones este pago no es requerido.
Debes rellenarlo online y una vez rellenado, te generará un documento con la clave y el costo del pago de derechos, que debes presentar en el banco o pagar online.
Después de hacer el pago, deberás sacar 3 copias de dicho pago.
- Cada año cambia así que revisa el Costo del pago de servicios, para estar más seguros, revisa la información del INM. Aquí
- Formato para rellenar y obtener el pago de derechos: Aquí
Recuerda que en tu caso no tienes ni RFC ni CURP, ya que este sistema se usa para hacer todos los pagos de todos los trámites migratorios, por lo que lo usan también personas que ya son residentes y tienen su CURP y/o RFC (*)
(*) RFC, para quien no lo sepa, es la homoclave que te dan cuando eres trabajador por cuenta propia, es decir, persona física con actividad empresarial, autónomo, freelance.
Respecto al formato, debes seleccionar en este caso:
Tipo de Trámite o Servicio a seleccionar: "Por la recepción y estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia"
Como os decía antes, al hacerse todos los pagos por este medio, hay que seleccionar muy bien el que corresponde a tu trámite en concreto.
El lugar donde se tramita: En algunos casos, hay trámites que se deben o pueden hacer en el aeropuerto, por eso verás las 2 opciones. Elige la oficina de INM, acorde al estado donde vayas a tramitar tu residencia, debe de coincidir con el comprobante de domicilio que vas a entregar, es decir no puedes tramitarlo en el Estado de Chiapas, si tu comprobante es de Guerrero. Puede que te admitan el trámite, pero van a enviar de Chiapas a Guerrero toda la documentación, por lo que el trámite se va a demorar mucho.... hasta un mes, mes y medio más. Si luego os queréis cambiar de lugar de residencia, bien de depa en la misma ciudad, o de ciudad en el mismo Estado o de Estado de la República, solo tenéis que hacer una notificación de cambio de domicilio, es rápido y gratis. Ver Aquí
Haz Click en Imprimir, y te mostrará la hoja que debes de llevar al banco para pagar (lleva 2 copias por si acaso):
En el Banco, te darán un resguardo de pago, a ese resguardo, debes hacerle 2 copias. En migración, cuando entregues los documentos, revisarán en su sistema, que coincidan tu clave de referencia, la cadena de dependencia, tu nombre y el monto a pagar.. es decir que eres tu y que efectivamente has pagado. Esto es debido a los fraudes que tuvieron en el pasado, donde entregaban recibos falsos de pago, ahora es lo primero que revisan en su sistema: Tu pago
- Pago de Derechos por Residencia Temporal.
Este formato, se obtiene directamente en la página de migración, es un pago obligatorio, lo que cuesta tu tarjeta de residente. Deberás pagar este costo, en las renovaciones año por año, o si solicitas la temporal por 1 ó 2 años, el costo de los años correspondientes de una sola vez. Recuerda que por vínculo familiar a los 2 años puedes solicitar la permanente.
Debes rellenarlo online y una vez rellenado, te generará un documento con la clave y el costo del pago de derechos, que debes presentar en el banco o pagar online.
Después de hacer el pago, deberás sacar 3 copias de dicho pago.
- Cada año cambia así que revisa el Costo del pago de servicios, para estar más seguros, revisa la información del INM Aquí
- Formato para rellenar y obtener el pago de derechos: Aquí
Respecto al formato, debes seleccionar en este caso:
Tipo de Trámite o Servicio a seleccionar: "Derecho de Residente Temporal"
*Hasta 1 año (DRT)
*Hasta 2 año (DRT)
Selecciona dependiendo de los que vas a solicitar y a pagar.
Como os decía antes, al hacerse todos los pagos por este medio, hay que seleccionar muy bien el que corresponde a tu trámite en concreto.
El lugar donde se tramita: En algunos casos, hay trámites que se deben o pueden hacer en el aeropuerto, por eso verás las 2 opciones. Elige la oficina de INM, acorde al estado donde vayas a tramitar tu residencia, como ya explicamos
Una vez dado click en aceptar, te generará una clave y un costo.
Ejemplo: Hasta 1 año (DRT)
Haz Click en Imprimir, y te mostrará la hoja que debes de llevar al banco para pagar (lleva 2 copias por si acaso):
En el Banco, te darán un resguardo de pago, a ese resguardo, debes hacerle 2 copias. Recuerda que en migración, cuando entregues los documentos, revisarán en su sistema, que tu pago es real.
Es importante que en la parte de atrás del formulario, incluyáis la lista de todo lo que vais a entregar:
Una vez que ya tengo todo, ¿Donde lo entrego?
Me debo dirigir a un oficina de migración, y allí encontraré 2 opciones:1. - Ventanilla Trámites Completos
Si cuento con TODA la información y pagos, debo entregarlo en esta ventanilla
2. - Ventanilla Trámites Incompletos
Si me falta algún papel o algún pago, debe entregar la documentación en esta ventanilla. Suele suceder cuando estamos a un día de la fecha de vencimiento de los plazos o decidimos hacer el pago más tarde. Esto supone que en la primera notificación, no nos van a dar la aprobación, sino que nos pedirán que volvamos a las oficinas a entregar la documentación faltante. También implica demora en el proceso, de mas o menos entre mes y mes y medio.
Algunos me preguntáis que por qué a veces el proceso tarda tanto, tiene que mucho con la entrega total o parcial de la documentación. Si tu controlas la entrega de tus documentos es más fácil, pero cuando es la empresa a través de sus abogados u otras personas, a veces entregan todo, menos el pago de la tarjeta de residente, solo el de revisión del proceso, y hasta que no se lo piden no lo hacen, a veces por cautela, otras por desconocimiento.
ENTREVISTA EN MIGRACIÓN:
Si lleváis poco tiempo casados u os acabáis de casar, hacerlos pareja de hecho (unión libre o concubinato) antes de que te llegue el oficio, se os dará cita para una entrevista en migración, donde ambos deberéis acudir. La entrevista es por separado.
¿Cuál es el proceso una vez entregada toda la documentación?
Documento - Resguardo
En migración te darán un resguardo de tu proceso, para que puedas seguir el Trámite Online, uno como este de aquí abajo:
Lo importante del Documento:
NUT (Número Único de Trámite) - Cuando tenemos más de un trámite en INM, aparecen bajo el mismo número y por lo tanto utilizaremos el mismo número de Pieza y Contraseña para darles seguimiento.
PIEZA: Número con el que daremos seguimiento al trámite, por internet.
CONTRASEÑA, con los cuales en podrás darle seguimiento a tu trámite Online, sin necesidad de ir a Migración de nuevo.
Darle seguimiento a tu trámite online:
Solo debes introducir el número de Pieza y tu contraseña.hacer click Aquí
Nombre de la Persona Responsable
Es la persona que va a autorizar tu solicitud. En el resguardo, arriba a la izquierda, debajo de "Pieza" y "Tipo de solicitud", sale el nombre de la persona que va a revisar tu trámite.
¿De qué nos sirve?
Si tenemos alguna duda, podemos ir a migración y solicitar una cita con ella.
Al contrario de lo que mucha gente cree, en migración son muy amables con las solicitudes, si pides una cita con la persona responsable de tu trámite, no solo te ayudará, sino que te explicarán muy bien las cosas. Este sirve cuando el trámite es incompleto o te solicitan más información y no entiendes que has hecho mal, o que no has entregado o por qué los documentos que has entregado no son correctos.
Notificación por parte de Migración
Una vez presentado el trámite, en el plazo que migración, lo estime, recibirás una notificación al correo que incluiste en el registro, en el asunto vendrá: Aviso de notificación.
Estimado:
En relación al trámite migratorio con Número Único de Trámite (NUT) XXXXXXXXXXX, de conformidad con el artículo 35 Fracción II de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, y derivado de su consentimiento para recibir notificaciones electrónicas manifestado en el formato migratorio de solicitud de trámite con la pieza número XXXXXXXXXX, se le comunica que la autoridad migratoria ha emitido un oficio, el cual se le notifica por este medio, mismo que puede consultar mediante el siguiente enlace:
HACER CLICK EN "Consultar oficio" y aparecerá la confirmación de la aprobación de tu residencia temporal.
En el caso que consideren que debas bien volver a presentar algo o bien te falte algo, en dicha notificación, vendrá que deberás presentar y el tiempo que tienes para ir a migración a entregar la documentación faltante. Estos casos suelen suceder, cuando hemos entregado la documentación incompleta.
Al entregar la información faltante, volverán a darnos otro resguardo con pieza, contraseña y responsable y deberemos esperar de nuevo la notificación al correo que dimos en el formato online.
Ya tengo el Oficio donde me aprueban mi Residencia
Deberán acudir a INM, personalmente, el/ella o los interesados/as en persona, el abogado, representante... etc, no lo puede hacer, ni le dejarán pasar a la sección donde se hace este trámite. Para poder acceder a dichas ventanillas, deberás presentar tu oficio recibido.
Una vez que presentes tu oficio, te pedirán que te sientes hasta que te llamen a la ventanilla y digan tu nombre, atentos, porque luego no se escucha.... (la logística específica de atención al migrante, depende de cada oficinas en cada estado)
Una vez que te llamen, te pedirán:
- Presentar tu pasaporte que no se te olvide.
- 2 fotos tamaño infantil de frente y 2 de perfil (escribir el nombre completo detrás de cada foto).
- Copia del documento - resguardo donde sale el NUT, la Pieza y la Contraseña
- Formato Básico rellenado Online, Impreso y Firmado. Hay veces que si no lo llevas y el agente quiere, te lo rellenan allí mismo, ¡ojo! no es un hecho, así que procura llevarlo tu.
(*) Este formato solo podrás rellenarlo cuando estés en este paso del proceso, ya que necesitas el NUT.
La clave la encontrarás en el Oficio que llegará a tu correo.
¿Qué sucede una vez que ya haya entregado todo?
Recibirás en tu correo electrónico (el que diste para recibir notificaciones), un oficio que te pedirá que vayas a migración a recoger tu Tarjeta de Residente Temporal.
Deberás volver bien tu o bien tu representante, abogado..etc a recoger la Tarjeta de Residente Temporal.
Misma logística anterior, presentarán copia de oficio y te pedirán que te sientes, hasta que seas llamado a ventanilla.
¿Qué me van a pedir?
- Original Pasaporte
- Copia del Oficio con el NUT, Pieza y Contraseña,
¡Ojo! sino llevas el oficio o apuntado tu NUT, Pieza y Contraseña, te harán volver otro día, ya que ellos necesitan esos datos, para poder imprimir tu tarjeta, que está ya preparada en tu expediente.
Te pedirán que firmesBueno, ya con esto, te entregarán tu tarjeta y FÍJATE BIEN!!!!
Nombre, apellidos.... y FECHA, que coincida con lo que tu pagaste, 1 año ó 2 años.... a veces se equivocan y una vez entregada no hay cambios!!!
Luego que confirmes los datos y firmes, te la enmicarán... y ya es toda tuya :)
Así se verás (mas o menos tu tarjeta), en este caso, no pondrá permiso para trabajar.
INTRÍNGULIS DE LA TARJETA TEMPORAL,
que permite y que no permite
Ver post Aquí
Espero os haya servido
Saludos
Lau
NOTA IMPORTANTE
*TODOS LOS DATOS que se incluyen en los formatos SON FICTICIOS (nombre, direcciones, teléfonos, correos, números de documentos...etc), buscando facilitar la compresión a la hora de rellenar los formatos. Cualquier parecido con la realidad es coincidencia, sin dolo ni alevosía ni premeditación. En el caso de coincidir algún dato real, por favor, no duden en contactarme para cambiar el ejemplo. Gracias y disculpen las molestias.
Hola Laura,
ResponderEliminarMuchas gracias por este post, estoy a punto de iniciar el trámite y me ha venido genial porque en otros lugares que he revisado no viene tan detallado.
Tengo unas dudas:
-No hace falta que se presenten en Migración los dos cónyuges, ¿verdad?
-En cuanto al pago de derechos, ¿puedes especificar en la web ww.inm.gob.mx los dos pagos exactos?
-Las cartas que adjuntas en otro link de los documentos 8 y 13, ¿no son la misma? No sé si te equivocaste al poner el link, encontré el 8 en los tags que aparecen a la derecha de la web.
-El papel que te dan al entregar los documentos la primera vez para hacer una lista de los propios documentos que entregas, ¿te lo dan allí y haces la lista en el momento?
Muchas gracias de antemano y disculpa las molestias! Un abrazo
Hola Miguel
ResponderEliminarte contesto pregunta por pregunta
-No hace falta que se presenten en Migración los dos cónyuges, ¿verdad?
No, no necesitas que tu cónyuge vaya a ningún proceso
-En cuanto al pago de derechos, ¿puedes especificar en la web ww.inm.gob.mx los dos pagos exactos?
en el blog, pongo el link de INM donde salen especificados los pagos.. No lo pongo en número exacto, porque cada año sube el costo, sino tendría que revisar todos los años, todos los post
entra en el link y revisa el costo
-Las cartas que adjuntas en otro link de los documentos 8 y 13, ¿no son la misma? No sé si te equivocaste al poner el link, encontré el 8 en los tags que aparecen a la derecha de la web.
No, no salen porque aún no las he subido,
-El papel que te dan al entregar los documentos la primera vez para hacer una lista de los propios documentos que entregas, ¿te lo dan allí y haces la lista en el momento?
No entendí lo que me preguntas...
si te refieres al formato donde al final hay que enumerar todos los papeles
ese es el formato online
que rellenas online (es el primero de la lista en el blog) lo imprimes, lo firmas y anotas al final la lista
Espero que todo te vaya de maravilla!!
Sls
Lau
Hola:
ResponderEliminarMe encantó tu blog. ¡Es muy completo y detallado!
Pregunta: Si tienes visa como residente temporal sin actividades remuneradas(estudiante), ¿puedes hacer el cambio a residente temporal CON actividades remuneradas (estudiante)?
Pregunta 2: ¿Es necesario contar con oferta laboral en caso de dejar de ser estudiante y querer empezar a ser empleado?]
Mil gracias, y sigue con este blog tan bueno. Saludos,
Hola José,
ResponderEliminarUna vez que ya tienes tu permiso como residente (sea como dependiente o como estudiante) siempre puedes solicitar ampliarlo, en tu caso, con permiso para trabajar:
Si vas a trabajar para una empresa, necesitas una carta de oferta de empleo
Si vas a hacerte autónomo, debes solicitar a Hacienda tu RFC y luego darte de alta en el SAT para poder facturar.
Ambos trámites se hacen en tu oficina de migración más cercana.
Sls
Lau
Aquí la plantilla de la carta a presentar junto con el proceso:
ResponderEliminarhttp://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/carta-personal-dirigida-al-inm_1374.html
Hola, perfecto post, tengo una duda estoy en Mexico como turista, mi papa es residente temporal, puedo pedir la residencia yo sie!do su hijo mayor de edad?
ResponderEliminarSolo puedes pedir residencia si dependes económicamente de él, por ejemplo sigues estudiando o vas a estudiar algo. Una vez siendo estudiante, puede solicitar permiso de trabajo. Sls
ResponderEliminarHola Laura! mil gracias por tu post! esta excelente!
ResponderEliminarTengo una duda, tengo resdencia temporal y pronto se me vence, podria cambiarla por una residencia temporal de acompañante? justificandola por concubinato?
mi novio y yo vivimos en mexico el es frances y yo colombiana el tiene la residencia temporal de trabajo también, en este momento soy dependiente economicamente de el... podria hacerlo como concubinato y cambiar mi estado migratorio?
Mil gracias
Hola Sandra, creo que no entendí muy bien tu situación y tu cambio. Actualmente estas con permiso de residencia temporal o estas de turista? El Turista (FMM) no es residencia temporal. La FM3 no existe desde hace 3 años, es Tarjeta de residente temporal o permanente. En el caso de estar como turista, si, si puedes solicitar el cambio por concubinato, pero hoy en día están pidiendo la uniòn libre y el concubinato por el juzgado civil y por el juzgado familiar en el DF. Están siendo muy estrictos con esto. Cuando te la otorguen, tendrás tu residencia temporal y podrás ampliarla para permiso de trabajo si quieres trabajar tanto como empleada como autónoma.
ResponderEliminarSi estas con tarjeta de residente temporal, ¿entiendo que quieres renovar tu permiso como dependiente económico (acopañante) de él y ahora no estás en ese caso?
Sls
Lau
Hola Laura mil Gracias por contestar, actualmente tengo tarjeta de residente temporal, la obtuve por oferta de empleo hace menos de un año, pero en este momento me encuentro sin trabajo, estudio en una universidad en Colombia a distancia y soy dependiente de mi novio.
EliminarQuisiera saber si puedo renovar mi residencia temporal por una de acompañante "justificada por concubinato", ya que no tengo empleo y no puedo renovarla por oferta de trabajo.
Una cosa más, llevamos viviendo un Año y 8 meses en México, y vivimos 4 meses entre Colombia y Francia, podriamos justificar los 2 años reglamentarios para concubinato en estas condiciones?
y como lo podríamos hacer...
Muchas gracias por tu ayuda
Sandra Caicedo
Hola Sandra, disculpa la tardanza, pero me fui de vacaciones a ver a mi familia, así que me desconecté del mundo :)
EliminarPuedes solicitar y renovar por concubinato, eso si, como te comentaba en la contestación anterior, empiezan a solicitar la unión libre/concubinato por los juzgados civil y familiar en el DF (en otros Estados hay personas que no se lo han pedido por lo familiar)
Te recomiendo que hagas lo antes posible por el Juzgado Civil (que es muy rápido y te corresponde el que esté asignado a la zona en el que tienes tu domicilio oficial (muchos suelen estar en las delegaciones) y por el familiar que tarda entre 3 y 6 meses. Con esos 2 no hay problemas, si te falta el del juzgado familiar, muy probable te lo echen hacia atrás. Conozco varios casos de personas que han ido a renovar temporal y permanente y se las han denegado por no tener el del familiar. Lo que no falla es el matrimonio.
Espero que todo salga muy bien :)
Cualquier cosa, por aquí ando.
Sls
Lau
Hola:
ResponderEliminarMuchas gracias por tan valiosa información, quieria hacerte un par de preguntas sobre el caso de concubinato, en mi caso, mi pareja tiene la residencia temporal y vive en el DF. En nuestro país antes de que el se fuera para allá viviamos juntos, pero no tenemos un documento que lo certifique, yo voy viajo a Mexico el proximo mes y entraria como turista, por eso quisiera preguntarte lo siguiente:
1. En la respuesta que le diste a Sandra, dices que "hoy en día están pidiendo la uniòn libre y el concubinato por el juzgado civil y por el juzgado familiar en el DF" ese documento se puede sacar sin importar que los dos sean extranjeros (uno residente temporal y el otro turista)
- Estos tramites en el juzgado de familia lo puede sacar solo el o debemos estar los dos?
2. El puede ir adelantando tramites antes de que yo viaje o es recomendable que los dos estemos en Mexico para hacerlo?
3. El proceso de cambiar de estado depentiente a trabajador es facil de lo den y en cuanto tiempo es recomendable hacerlo despues de que sea otorgada la visa de dependiente?
Hola Lorena, disculpa la tardanza, pero me fui de vacaciones a ver a mi familia, así que me desconecté del mundo :)
EliminarEfectivamente, hoy están pidiendo ambos, en el caso de unión libre (hast 2años y medio) /concubinato (a partir de 2 años y medio)
El estatus migratorio no es relevante a la hora de solicitar unión libre o matrimonio como residente o turista, la Ley mexicana es muy clara en eso, al igual que en muchos países. Como turista puedes casarte o socilitar unión libre.
En ambos caso, los 2 tienen que estar presentes, es como un matrimonio, no puede "ir casandose uno de mientras" solo por poderes, pero es caro. El proceso civil, es en el momento, el mismo día te dan el acta, con eso vas a solicitar el proceso al familiar que suelen tardar unos 3 meses, a veces un poco mas.
Es fácil cambiar el estado de dependiente a trabajador, ya que ya tienes el permiso de residencia, solo hay que hacer una ampliación de permiso y ya. Es rápido y fácil. En un post de este blog, viene el porceso detallado.
Espero que todo salga muy bien :)
Cualquier cosa, por aquí ando.
Sls
Lau
Hola Laura.
ResponderEliminarEl año pasado realice este tramite, el próximo mes de abril tengo que hacer la renovación. mi esposo y yo nos encontramos fuera de Mexico y quisiera saber si puedo realizar el tramite estando fuera del país o si otra persona autorizada por mi podría hacerlo.
si se puede cualquiera de las dos formas, por favor podrías explicarme como hacerlo.
Gracias por tu tiempo, saludos.
Hola Ornela, disculpa la tardanza, pero me fui de vacaciones a ver a mi familia, así que me desconecté del mundo :)
ResponderEliminarNo, no puedes hacer la renovación "a distancia", ya que necesitas entregar el original del permiso de residencia, el cual necesitas para entrar en el país de nuevo.
Si quereis renovar, deberéis volver a México a hacer el trámite.
Cualquier cosa, por aquí ando.
Sls
Lau
Hola Laura, enhorabuena por tu blog!!!
ResponderEliminarPor favor, me podriás comentar, cuánto tiempo necesito residir en México para solicitar la visa de residencia temporal.
Gracias de antemano y saludos.
L&J
Hola Linda, la residencia temporal te la otorgan solo por estudios, contrato de trabajo o por vínculo familiar. Me imagino que te refieres a la residencia permanente. La residencia permanente te la dan:
Eliminar1. - Si estás casado: a los 2 años
2. - Si tienes hijos: en el momento
3. - Si no tienes vínculo: 4 años.
Saludos!!
Lau
Hola felicitaciones por el blog, tengo una duda, soy residente temporal y dependiente económico de mi esposo, que a su vez es residente temporal pues vino con contrato de trabajo, yo llevo un año y el lleva dos años ya, la pregunta es la siguiente al cumplir mis dos años aquí ya puedo pedir la residencia permanente? pero para ello debo seguir como pendiente económica de mi esposo?, si trabajo ya no puedo solicitar este cambio a los dos años?, y en caso de que el estuviera trabajando cumplido este termino pero ya no tuviera contrato de trabajo, aun así yo pudiera cambiarme a permanente o me piden documentos laborales de mi esposo? sin mas muchas gracias por la respuesta
ResponderEliminarSi, a los 2 años de residencia y casada, ya puedes solicitar la permanente.
EliminarEn este caso la solicítala como dependiente, para no hacer cambios y se atrase mucho el proceso. Ya una vez que tengas la permanente, podrás trabajar, hacerte autónoma....etc.
Una vez que te la den, que es muy rápido, haces una notificación de empleo y listo, y ya da igual si estás trabajando o no.
Hola. Gracias por la información, muy explicado todo. Yo tengo un caso un poco diferente. Soy Dominicana y mi esposo mexicano, hos casamos hace poco acá asi que nunca he ido alla. Imagino que el proceso es básicamente el mismo, no? Otra cosa ya iniciado bien el proceso, que todos los papeles esten bien y todo y que no haya problemas en un paso a otro usualmente cuanto tarda el proceso? Digo manda los papeles y en cuánto tiempp me sale la visa, puedo irme? Esta última realmente me interesa, almenos un tiempo aproximado. Gracias.
ResponderEliminarSi, el proceso es el mismo, solo apostilla tu acta de matrimonio en República Dominicana, y ve al registro civil, llegando a México, a reconocer tu matrimonio, porque te lo pedirán en migración.
EliminarEl proceso es un misterio.. jajajaja, mas que nada porque hay a quien le tardan 1 mes y a otros 3 meses, depende mucho también de la oficina, por ejemplo en DF es lento por la cantidad de solicitudes que tiene.
Debes hacer la solicitud en la oficina de migración que corresponde a la ciudad o estado donde vas a vivir.
Recuerda, que una vez que metas el trámite, ya no tienes en cuenta el "tiempo reglamentario de turista" ej. 6 meses máximo, si tus papeles están en migración, tu estarás en proceso de trámite y legal en el país. Puedes empezar a buscar empleo y una vez que encuentres, solo haces el cambio en migración de dependiente a permiso de trabajo.
Mientras estás en trámite, NO PUEDES SALIR DEL PAÍS, ya que estás solicitando la residencia, cosa que no pasa con las renovaciones, pero en este proceso, no puede. y recuerda que uan vez que tengas la residencia no puedes estas mas de 180 días al año, fuera de México.
Sls
Lau
Saludos
Lau
Hola Laura, una pregunta a mi novio estaba acá en mexico como residente temporal, se le venció la residencia en enero y metió los tramites ya vencido el documento. Ya le salió la resolución del trámite, y le salió negativo, tiene que abandonar el país en los próximos 30 días.
ResponderEliminarMi pregunta es, el podrá entrar al país como turista despues y empezar a hacer el trámite de residencia temporal por existencia de concubinato?
Podemos iniciar el trámite ante juzgado familiar antes de que el se vaya del país para ir adelantando los trámites (los 3 meses que se tarda el juzgado familiar)? Por cierto yo soy Mexicana, naturalizada. O sea ya tengo la nacionalidad mexicana
Como cuanto tiempo se tarda en salir la resolución del trámite por concubinato?
muchas gracias por tu ayuda, y de vdd me ha servido un montón tu blog
Hola,
EliminarSi, no hay problema. Puede volver a entrar como turista, el trámite es otro distinto.
Podeís iniciar el trámite de concubinato, y hacedlo lo antes posible, ya que tarda un poco y os lo van a pedir en migración, tanto el familiar como el civil (el civil te lo dan en el momento)
El trámite suele ser de mes y medio, 2 meses, pero como van saturados porque desde hace un tiempo lo están pidiendo para migración y antes no lo hacían, puede que te tarde 3-4 meses.
Cualquier cosa, por aquí ando
Saludos
Lau
Hola mi nombre es Karla.Soy mexina y vivo en Honduras con mi esposo y con mi hijo.Mi esposo es Hondureño y mi niño es nacido en Honduras pero ya es mexicano.tenemos planes de ir a vivir a mexico.Que requisitos necesita mi esposo para obtener la residencia temporal?
ResponderEliminarHola Karla,
EliminarSi el tiene hijo mexicano, directamente puede solicitar la residencia permanente, que le da permiso para residir y trabajar.
Creo que no he subido el trámite de residencia permanente aún, pero me comprometo a subirlo lo antes posible, el tramite es casi igual, a este de dependiente.
Saludos
Lau
Hola Laura nuevamente, gracias por tu respuesta, me ha ayudado a hacerme una idea. solo que creo que no te aclare que estoy en mi país, no en México. Mi esposo ya envío los papeles y estamos a espera de ver el segundo paso. Es igual el tiempo aun estando yo acá? Digo de 1 a 3 meses mas o menos o cambia por estar yo fuera del país. Muchas gracias, me gustaría tu respuesta. Disculpa no aclarar más en la primera pregunta.
ResponderEliminarAhhh oks, el proceso lo puedes iniciar desde el extranjero en un consulado, que es lo que entiendo que sucede en tu caso. Debería ser un proceso rápido, solicitando cita en el consulado, donde ellos hacen la revisión de tu caso y te dan un permiso de entrada para finalizar tu proceso ya en México. Lo que tarda el Consulado en dártelo, depende de cada Consulado, por ejemplo, en Estados Unidos, algunos te lo dan en el mismo día, en el Consulado de Madrid, tardan 3-7 días mínimo. Una vez que tengas el permiso, contarás con 30 días naturales, para iniciar el proceso en migración en México, sino caduda.
EliminarSaludos!!
Hola Laura:
ResponderEliminarGracias por tu blog.
Estoy intentando hacer el trámite por unidad familiar para mi pareja extranjera. yo soy mexicano y ella es extranjera. Mi pregunta es sobre la constancia laboral. Yo trabajo en una institución de Gobierno. MI duda es:¿ que la carta que se emita debe ir acompañada por una identificación de la persona que firme el documento ( en este caso sería el jefe de personal de la institución) o es suficiente que la carta vaya con los logos oficiales como documento y no tener que agregar la identificación personal?
Gracias de nuevo por tu atención
Si, es necesaria la copia de la identificación de la persona que firma la carta (IFE o Pasaporte). Recuerda que el IFE es por ambas caras y el pasaporte solo por la parte donde sale la foto y los datos de la persona.
EliminarSuerte y por aquí ando!!
Sls
Lau
Gracias por tu pronta respuesta. No estoy muy seguro que logre que me den una copia de la identificacion de la persona que firma mi carta. Pero no lo estaré completamente hasta que no lo intente. De no lograr que me den la identificación(lo cual me parece inusual que pidan este requisito, viniendo de una institución reconocida, más bien me parecería bien si fuera de un particular, que necesariamente tiene que probar su identidad). Perdón por poner este comentario, pero seguro alguna persona pudiera estar en una situación similar y es cuando compartimos experiencias. Cuando tenga algún resultado, lo haré saber y habrá un testimonio más que algún otro le servirá. Saludos
EliminarNo te preocupes, en el proceso migratorio, el estress emocional es alto, solo lo saben los que pasan por él. jejejeje
EliminarNo es un requisito inusual, es un requisito, de hecho, muy normal, por una razón, quieren asegurarse que no se comete fraude ni por parte de la persona ni por parte de la empresa, por lo que piden copia de la identificación de la persona para confirmar y comparar la firma de la carta con la firma de la identificación. Ahora es con copia, pero hace años, había que llevar original y copia para cotejo.... eso si era un caos, o no te la quería dar u obligatoriamente tenías que contratar a un abogado de su confianza para que llevase la información, en vez tu y encima te solicitaban todos los requisitos del alta como empleador de las empresas, pero cada vez que contrataban a un extranjero... ahora es una sola vez y te dan un oficio que por validez de un año.... Desde mi puento de vista, habiendo pasado por el proceso anterior... es bueno que solo pidan la copia, jejejeje. Mucha suerte y por aquí andamos
saludos
Lau
Me encanta tu positividad, es la mejor forma de enfrentar todas las cosas.
ResponderEliminarTengo una gran duda. como saber a cúal opción aplicar. si al cambio de estancia temporal o permanente. No he encontrado cual son la condiciones para optar por una o por otra. El trámite y requisitos parecen los mismos según la página de migración. ¿sabes algo al respecto?. Saludos y gracias de nuevo
Temporal: Te la otorgan (en el caso de tu esposa) por vínculo familiar y al estar casados, a los 2 años puede solicitar la permanente. Pero si tenéis un hijo mexicano antes, automáticamente te dan la permanente y no hay que esperar a cumplir ni los 2 años.
EliminarLos derechos de temporal a permanente, cambian. Por ejemplo, como tengo la permanente ya no tengo que renovar nunca más, solo notificar cambios a migracion (cambio de domicilio, de estado civil, de empleo..) y esos cambios son gratuitos (siempre y cuando se hagan en los 90 días de plazo, sino te multan con unos 1900 pesos.
Tengo otra preguntas más:
ResponderEliminar1) en relación a los pagos de derechos..Tu pones 2 de diferente costo. Si uno sigue la liga aparecen una series de pagos según el trámite. Tal vez necesito leer mas detenidamente y entender los rubros. El primero que pones es un pago de derechos (el de menorr costo) y el segundo según el tramite(por ejemplo estancia temporal por x cantidad de años y el precio varía según esto). en resumen..hay que pagar los 2, o el segundo incluye ambos?
2) ¿Es recomendable hacer el pago por estancia al presentar la solicitud, o se hace despúes que la se entregó la solicitud, mi duda es por si no se acepta el trámite(uno nunca sabe) y ya hiciste el pago?
Gracias de nuevo
Hola Mario,
EliminarSi son 2 pagos. ¿Por qué? Uno de los pagos es para revisar el proceso, se paga SOLO cuando se solicita un trámite por primera vez, no en las renovaciones. En este caso, estáis solicitando por primera vez la residencia temporal, al igual que cuando solicitéis la permanente, se deberá volver a pagar, porque es un trámite diferente.
Si, hay que presentar ambos pagos, sino se considera proceso incompleto y es muy largo. En tu caso no te lo van a denegar, estais casados, pero en el caso de que un proceso se deniegue, migración te devuelve el dinero.
De nuevo gracias..muy útilies tus consejos..solo falta juntar algunos documentos y a empezar los trámites.
EliminarUn fuerte abrazo Laura
Suerte!!!!! :)
EliminarHola Laura tengo 2 preguntas 1) mi pasaporte se venció y ya me toca renovar mi estancia puedo empezar el tramite con el pasaporte vencido
ResponderEliminar2)tengo residencia temporal estudiante quiero cambiarlo a permanente que puedo hacer gracias
Hola Shante,
EliminarPuedes empezarlo, pero como proceso incompleto en migración, es decir, que te falta entregar documentación y que la entregás cuando te la pidan (es decir en menos de 1 mes). Recuerda que tu pasaporte es tu medio de demostrar tu nacionalidad y tu identidad en el extranjero. Es muy muy importante que tu pasaporte NUNCA venza, siempre lo tengas al día, porque sino ni podrás salir del país, ni entrar, ni hacer trámites. Vuela a que te lo renueven en tu consulado y ve la manera de que te lo den lo antes posible, porque sino no vas a poder renovar tu residencia y la perderás. Es obligatorio y necesario tener tu pasaporte en orden y que no venza en menos de 6 meses.
Si, si puedes, dependiendo de tu situación: Si llevas 4 años con la temporal, no solo puedes pedirla, es que debes pedirla, a los 4 años de temporal, te dan la permanente. Si estás casada con un mexicano, a los 2 años de matrimonio y con residencia temporal, puedes solicitar la permanente. Si tienes hijos mexicanos, te la dan directa, seas turista o residente temporal.
Suerte y vuela al consulado a renovar tu pasaporte porque vencido no vas a poder hacer el trámite.
Cualquier cosa, por aquí ando.
Saludos
estimados,
ResponderEliminardeseaba hacerle algunas consulta
soy de nacionalidad venezolana y me caso con una chica mexicana, vamos a residenciar en mexico, en mi caso como extranjero debo tramitar mi residencia temporal por dos años y luego pedir la permanente, como residente temporal ¿puedo trabajar normalmente? y ¿cuanto tiempo debe d pasar para pedir nacionalizacion?
otra consulta, ¿con mi residencia permanente puedo solicitar por ejemplo IFE o pasaporte mexicano o solo esos documento se obtiene despues que uno se halla nacionalizado?
Hola LM,
EliminarVamos por partes...
Residencia Temporal: Efectivamente necesitas vivir 2 años en México con residencia temporal y casado con mexicana, para solicitar la permanente. Acorde a la Ley mexicana, en el caso de personas procedentes de paises Iberoamericanos y/o casados con mexicanos, puedes pedir la nacionalidad mexicana. Deberás primero pedir la permanente (que se hace de volada, es casi como una renovación), ya que el proceso de la solicitud de nacionalidad es mas tardado.
La residencia nunca otorga ni IFE ni Pasaporte, ya que solo es para mexicanos, se te concede pasaporte mexicano y el IFE una vez que te hayan concedido la nacionalidad mexicana.
¿Poder Trabajar? Si pides la residencia temporal como dependiente, no puedes trabajar desde un principio ya que eres dependiente, pero si puedes buscar trabajo y si lo encuentras, solo tienes que solicitar la ampliación de tu permiso, en el caso de cónyuges, es rapidísimo.
En el caso que vayas a solicitar la residencia temporal, si encuentras trabajo antes, puedes hacer el proceso en el momento dandote residencia y permiso al mismo tiempo.
Estando casado con mexicana, no te preocupes, tengas o no trabajo en el momento de tramitar tu residencia, siempre puedes pedir permiso de trabajo y te lo dan.
Saludos y Suerte!!!
Lau
Excelente la informacion.
ResponderEliminarYo tengo una duda. Mi esposo y yo somos Venezolanos. Estamos en Mexico porque mi esposo vino por trabajo. El actualmente tiene residencia temporal. Yo estoy como turista, pero quiero hacerme residente temporal tambien. El inconveniente es que no tengo el acta de matrimonio apostillada y ese tramite ahorita en Venezuela esta bastante fastidioso. La pregunta es si nosotros podriamos solicitar una acta de concubinato en Mexico y presentarla para el tramite? Es decir, como puedo ahorrarme el tramite de apostillar el acta de matrimonio?
Otra duda es si inmigracion se queda con el acta original o la copia?
Hola!!!
EliminarPoder si, se puede, pero el proceso de obtención de residencia por unión libre/concubinato es lento, ya que te piden:
1. - Por el Juzgado Civil (que ese proceso es rápido, barato y te lo dan en el momento
2. - Por el Juzgado Familiar, que te puede llevar entre 3 y 6 meses y tiene costo.
Si alguien puede ayudarte desde Venezuela a conseguir el acta apostillada, sería lo ideal, porque el proceso de concubinato es largo y tiene costo.
Entiendo que la situación en Venezuela está complicada, pero la manera en que seguro, seguro te den es convalidando tu matrimonio.
Saludos y cualquier cosa, por aquí ando!!
Suerte!
Muchisimas gracias por la respuesta.
EliminarSi, en eso estoy. Alquien me va ayudar a hacer eso por alla. Pero el proceso tambien es lento. Hay mucha gente apostillando documentos y es por citas. Por eso queria saber que tan lento era haciendolo de alguna otra forma. Gracias, cuando inicie el proceso seguramente te contactare de nuevo.
Al revés, un placer poder ayudarte
EliminarSaludos!!
hola laura,
ResponderEliminarmuchas gracias por tu blog! ha sido de muchisima ayuda, y gracias a esta informacion pude presentar facilmente el tramite de solicitud de residente temporal como dependiente economico mio de mi esposo, los dos somos extranjeros y ya yo tenía mi residencia temporal por oferta de trabajo.
Ahora queremos hacer el mismo tramite para su hija que tiene 12 años (mi hijastra) pero ella no está en mexico y necesita visa para venir, ya tenemos todos los documentos que mencionas aqui, pero el tramite de visa es un tramite adicional? es posible presentar la solicitud aún cuando ella no está aqui?
por favor me pudieras orientar sobre este tema?
muchas gracias,
Hola Marita, no te preocupes, es fácil.
EliminarPuedes hacer la solicitud de residencia desde el Consulado del país donde resida, y de paso va la mama a acompañarla, para evitar el día de mañana acusaciones de "secuestro".
El proceso, lo único que cambia, es que se inicia en el consulado mexicano y se termina en México.
1. - Le darán una visa para que al llegar a México termine su trámite, y tendrá 30 días máximo para hacerlo.
2. - Termina el trámite en las oficinas de migración de México
¿Qué necesita?
1. - Solicitar Cita en Mexitel
2. -Pasaporte válido y vigente, en original y copia.
3. - Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte (3.5 X 4.5 cm), con fondo blanco y de frente.
4. - Original y copia del documento que acredite su legal estancia en el país donde solicita la visa (sólo si usted no es nacional del país donde resida.)
5. - Vínculo con persona extranjera que cuente con la condición de residente temporal o titular de una visa de residente temporal que demuestren el vínculo con la persona que cuenta con estancia legal mediante actas de nacimiento.
Es importante que quien le ayude a tramitar su visa en tu país, pregunte bien las necesidades, ya que me comentas que los nacionales de su país, necesitan visa para viajar a México. En el caso de tu hijastra, necesitará tramitar su visa, pero para tramite de residencia, no de turista.
Puede que pidan demostrar solvencia económica, así que deberá incluir acta de matrimonio vuestra apostillada y demostrar que teneis ingresos en México para poder mantenerla, vale una carta de la empresa donde salga tu puesto y sueldo al mes.
Deberá pagar los derechos de visa.
Suerte!!
Saludos
un millon de gracias Laura!!
Eliminarahora mismo me pongo en contacto con la mama de la niña para comenzar el tramite en el consulado de allá y luego continuarlo por acá.
debo decirte que lo que haces es maravilloso, ayudas a tantas personas que como yo, estamos aqui un poco desorientados y sin saber que hacer.
nuevamente, muchas gracias, ya te mantengo al tanto si todo va bien :)
Al revés, un placer. Precisamente por lo tedioso de los trámites, los años que llevo y que me dejé en el camino úlceras, enojos y frustaciones, la idea es echar una mano para evitar que otros pasen la desorientación que yo pasé, el que te vean la cara o te quieran cobrar una barbaridad por hacer los trámties, para el que quiera hacerlo solo, pueda y el que quiera contratar a un abogado (que es muy cómodo hacerlo), sepa cual es el proceso real y no se desespere.
EliminarSuerte!!
Hola Laura Gil Gonzalez, primeramente te felicito por tooooooda la informacion que das, sabes? cuando mi esposo llegó a México (en aquel entonces aun no nos casábamos) no encontramos quien nos diera informacion ni orientacion de todo el proceso que había que hacer,incluso ni los mismos del INM nos dieron informacion correcta via telefonica pues viviendo en Michoacan yo pregunté si podia hacer el trámite en Guadalajara y me dijeron que en cualquier parte de la Republica, asi que fué a Gdl. e incluso le recibieron la documentacion !!!! en ningun momento le indicaron que no le correspondia esa oficina para iniciar el tramite asi que la segunda vez que fue le dijeron que su tramite estaba en la oficina de Morelia. En fin aprendimos mucho al hacer estos tramites y como dices tú muchas frustraciones y enojos pero al fin lo logramos y ya estamos por tramitar la residencia permanente para mi esposo. Te sigo felicitando por tan valiosa y estupenda informacion. Saludos a la distancia.
ResponderEliminarUn placer :)
EliminarSaludos!!!!
Por cierto, aun con todo lo que hemos pasado aun tengo dudas para hacer el tramite del residente temporal a permanente ya que mi esposo obtuvo la residencia temporal por medio de una oferta de empleo. Crees que nos vulevan a solicitar los documentos de la empresa (carta constitutiva, carta de renovacion de oferta de empleo, identificacion del representante legal, comprobante de domicilio de la empresa, pagos prov. mesuales ante el SAT y RFC de la misma ) pues cuando renovó para residente
ResponderEliminartemporal la segunda vez le pidieron todo de nuevo pero ahora queremos hacer el cambio a permanente por dos motivos: el primero es porque ya esta dentro de los 30 dias para hacer la renovacion y la segunda es porque ya llevamos 2 años cumplidos de casados, mi duda surgio pues estaba viendo las platillas que tienes para las cartas y en ella sugieres que se ponga el puesto en el que se desarrolla y el nombre de la empresa... espero tu respuesta. Saludos.
Lo de la empresa no os lo van a volver a pedir completo, solo copia del oficio de alta como empleador, carta de empleo y copia del iFE de la persona que firma la carta, comprobante de domicilio.
EliminarAbajo te dejo este link, no es el proceso completo que debe hacer, ya que es sin vinculo familiar, pero te guiará. Ahora voy un poco liada con unas cosas de trabajo, pero a ver si el fin de semana me tomo el tiempo y subo el mismo proceso con vínculo familiar :)
Estate atenta al lunes, que aparecerá en primera página del blog o bien en la etiqueta de Residente Permanente.
http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/05/de-residente-temporal-residente.html
por cierto, te borré 2 comentarios, que estaban repetidos. así no nos liamos con las preguntas y respuestas. Sls
EliminarHola laura muchas gracias por tanta informacion que nos brindas a los extranjeros en mexico, me encanta tu blog por cierto fiel seguidor tuyo jejej bueno al grano...tengo un par de dudas...primera pregunta, en los proximos 2 meses se me vence mi tarjeta de residente temporal que debo hacer? mi esposa es mexicana y yo colombiano, segunda pregunta, que documentacion debo llevar? o debo realizar el mismo proceso que el de la primera ves como si fuera a empezar de cero con ese chorro de documentos y fotos etc? tercera pregunta el precio de ese tramite muchas gracias laura por tu gran ayuda miles de bendiciones para ti
ResponderEliminarHola Gabriel! gracias por las flores, jejeje, un placer poder ayudar.
EliminarEl proceso de renovación es muy sencillo y mas tu estando casado con mexicana. Entiendo que eres dependiente, ¿verdad? Mas que nada porque si trabajas, lo que cambia es la documentación a entregar relacionada con la oferta de empleo.
El proceso es prácticamente el mismo, solo que esta vez no haces 2 pagos, solo el pago referente a la renovación. En tu caso te conviene renovar solo por 1 año, ya que al año que viene puedes solicitar ya la permanente.
Te dejo aquí en link del post donde viene todo explicado, por cierto el ejemplo lo puse como ciudadano colombiano, jejeje.
http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/06/renovacion-residente-temporal-vinculo.html
Laura querida:
ResponderEliminarTe cuento que todo salió de maravilla. Iniciamos el trámite el día 2 de junio(entregamos algunos documentos como son: copia del pasaporte y la forma migratoria FMM (la cual se quedan con la original), copia de acta de matrimonio, copia del comprobante de domicilio, la solicitud de cambio de estado, pago de derechos por el proceso(el primer pago de mas o menos 1300). NOTA: HAY QUE LLEVAR LOS DOMUMENTOS EN ORIGINAL Y COPIA. LO MISMO SACAR 2 COPIAS AL RECIBO DEL PAGO BANCARIO DE DERECHOS Y DE SOLICITUD DE PERMANENCIA.
UNA NOTA MAS: HAY QUE LLEVAR UNA IDENTIFICACION EXTRA, UNA LA DEJAS CUANDO ENTRAS AL INM( EN EL CASO DE MI COMPAÑERO DEJÓ UNA COPIA REDUCIDA DEL PASAPORTE, QUE USA COMO IDENTIFICACION.
En poco mas de 2 semanas nos avisaron que había sido aceptada la solicitud y acudimos con el segundo pago por residencia temporal, 3 fotos infantiles(2 de frente y una de perfil derecho, sin retoques) y el pasaporte y el formato básico llenado(que se hace en la página de INM). No nos pidieron comprobantes de gastos (carta laboral del conyuge, cuentas bancarias, etc). y ese momento nos dieron la tarjeta o credencial de residente temporal por 2 años(tuvimos que esperar un extra de 40 minutos mientras imprimían la credencial). Yo fui con mi compañero, pero el hizo todo el proceso.
En resumen todo fue muy sencillo y rápido.
No hubo ninguna señal discriminatoria, esa era nuestro mayor temor. Sin duda que hemos cambiado al menos en nuestra experiencia en el D.F., no se cual sea la situación en otras entidades.
Gracias eternas por tu apoyo y dirección.
M.....
Que bueno!!!, felicidades!!!
EliminarSi, como digo en los post, a veces pueden o no pedirte determinados papeles y copias, por eso siempre digo que lleven 3 copias!! y todos los papeles, porque a veces depende mucho de quien reciba el trámite. Yo recomiendo llevar todo y luego ya que en el INM elijan, jejeje, luego no es la primera vez que te piden algo que no llevas, así que lo mejor es llevar todo por triplicado y evitar mil vueltas.
Lo de la identificación, que bueno que lo comentas, porque depende de la depencia del INM te la piden o no, varía por Estado.
Me alegro mucho que todo fuese muy bien!!
Suerte y cualquier cosa por aquí ando.
:)
Gracias Laura lo de las flores es poco jejeje no cualquiera hace esta labor de ayudar a los demas y hay que reconocerlo me a servido mucho tu información besos abrazos y bendiciones muuuuuuuuuaks gracias nuevamente
ResponderEliminar:)
EliminarHola Laura, desde ya muchas gracias por el blog y por las respuestas, son super utiles! Te cuento mis dudas: soy argentino y acabo de tramitar la visa de residente temporal por oferta de empleo. Ahora estamos empezando a ver los tramites de mi esposa que es Kinesiologa y tambien quiere trabajar. El primer paso seria hacer el tramite de dependiente economico y luego pedir la ampliacion de derechos para poder trabajar correcto? Mi preocupacion es que su especialidad se desarrolla en consultorios bien pequeños que suelen no ser tan formales y por lo tanto no se que tan facil va a ser obtener de ellos una oferta de trabajo y que esten registrados para poder emplear extranjeros. Te resulta muy engorroso que un empleador chico emita una oferta de trabajo y se registre como empleador para contratar extranjeros? Como es ese proceso? Es muy engorroso y lleva mucho tiempo? Desde ya muchisimas gracias por tu ayuda y aporte a la comunidad.
ResponderEliminarAgustin
Hola Agustín,
EliminarNo te preocupes, puede solicitar el permiso como autónoma, esa es la ventaja de ser residente. En su caso, para ser autónomo solo debe ir a Hacienda a solicitar su RFC :
http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/fiel/Paginas/requisitos_pf.aspx
Luego debe darse de alta en el SAT y solicitar su firma electrónica: http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/fiel/Paginas/default.aspx
Cuando ya tenga todo, va a migración y pide ampliación de permiso como autónoma y ya está, en su caso, no necesita que ninguna empresa la patrocine, ella solicita permiso como persona física.
Cualquier cosa, quedo al pendiente
Saludos
Lau
Hola como estas Laura, Una consulta, como residente temporal puedo tramitar el Curp? saludos
ResponderEliminarCuando a mi compañero le dieron la residencia temporal, le dieron también su curp(sin pedirla, era parte del trámite)...seguro creo que tu la puedes tramitar...ahora hay que saber como se hace
EliminarEs posible que al ser residente temporal ya este registrada la curp y puede buscarla en la siguiente página: https://consultas.curp.gob.mx/CurpSP/
Eliminardonde dice entidad federativa al final dice nacido en el extranjero, hay que seleccionar esta.
Ojalá y te funcione
Simón,
EliminarEl Curp te lo dan al darte tu residencia temporal, lo encuentras en tu tarjeta de residente, en la parte de abajo.
Saludos
Lau
Simón,
ResponderEliminarEl Curp te lo dan al darte tu residencia temporal, lo encuentras en tu tarjeta de residente, en la parte de abajo.
Saludos
Lau
Hola Laura una consulta, tengo un mes en México yo puedo con una constancia de concubinato ser residente temporal? Tengo poco tiempo? Y que me piden para hacer la solicitud en migración por concubinato? Como lo compruebas delante de ellos?
ResponderEliminarHola Simón,
ResponderEliminarEn tu caso, no es Concubinato, sino Unión LIbre, la diferencia es que Unión libre se otorga cuando llevas menos de 2.5 años viviendo juntos y Concubinato, cuando llevas mas de 2.5.
Para hacer un trámite en migracion, DEBES OBLIGATORIAMENTE, solicitar la constancia por 2 vías:
1. - Juzgado Civil. Te lo dan en el momento
2. - Juzgado Familiar. Tarda entre 4-6 meses y tienen costo.
Sin ambas constancias, no te lo dan.
También, os harán una entrevista en el INM a ambos.
En este mismo post, viene el proceso.
Sls
Lau
Hola Laura, mil gracias por aclarar las dudas de todas las personas extranjeras que necesitamos de la valiosa informacion que nos brindas. Soy nicaraguense y vivo en Nicaragua, mi esposo es mexicano y vive en México, pues el me pedirá por unidad familiar para la residencia temporal. Tengo unas preguntas: Sabes cuando dilata el proceso para que a mi esposo le acepten nuestra solicitud en el INM? Una vez aceptada la solicitud, sabes si el INM notifica de mi caso a la embajada de México en Managua, Nicaragua? o si debo ir yo a decir que nuestra solicitud fue aceptada? Muchisisisimas gracias por orientarnos.
ResponderEliminarHola Hassel,
EliminarMas bien eres tu quien debe solicitarla, no él. Tienes 2 opciones:
1. - Comenzar el proceso en el Consulado de México en Nicaragua
2. - Venir a México como turista y hacer el proceso aquí.
Es importante saber dónde os casásteis, ya que si fue en Nicaragua, necesitarás el acta de matrimonio apostillada y tu acta de nacimiento apostillada (mas que nada porque en México, para muchos procesos, te piden mucho el acta de nacimiento apostillada.
Si puedes acercarte al consulado mexicano, si no te cae muy lejos, o llamar por teléfono, puedes buscar la manera de iniciar tus trámites en Nicaragua.
Saludos y Suerte!!!
Lau
Hola Laura, gracias por toda la información valiosa que brindas a extranjeros y mexicanos. Después de leer todos los comentarios, me di cuenta que mi caso es particular, por lo que te escribo mi problema...
ResponderEliminarSoy mexicano casado con una mujer colombiana, tenemos dos años de matrimonio, y está por vencerse su tarjeta de residente temporal. Te comento que apenas es su primer año con residente temporal, debido a que por trámites burocráticos no logramos hacer los papeles a tiempo y nos cobraron multa por que se había vencido su estancia de turista, pero bueno, eso lo logramos superar y ahora está legalmente en el país. Ahora, le salió una oferta laboral en Colombia, y se irá en unos días, pero tenemos algunas dudas y temores. Primero, es necesario tramitar su estancia por otro año, si ella no estará por 18 meses en el país, realmente veo ilógico algo así, pero no sé si es lo correcto. Segundo, tenemos temor de que cuando ella quiera regresar al país no la dejen entrar o le pongan alguna traba o multa. Tercero, la otra idea que tenemos es, que ella se vaya, y al regresar entre como turista, y durante los 6 meses que le den, hacer los trámites para cambiar nuevamente de condición, y que le otorguen la residencia temporal... espero haber sido lo suficientemente claro, y que nos puedas ayudar con tus conocimientos.
Te agradezco la atención y tus comentarios.
Saludos!
Quien te escribe soy yo, Jesús Garcia; aparece el nombre Ximena, que es el nombre de mi esposa porque envié el comentario con su correo electrónico jajaja Gracias
EliminarHola Jesus, jejeje, no te preocupes, me imaginé que Ximena, no eras tu....
EliminarA ver, vamos por partes...
Al estar casados, si ya han pasado 2 años viviendo en México, es decir, has renovado 1 vez y vas a la 2º renovación, ya puede pedir directamente la residencia permanente. Estando casados a los 2 años se la pueden dar y eso soluciona cualquier tipo de problemas. Este trámite si lo hace bien a la primera y entrega todos los papeles, en 3 semanas, máximo 1 mes, ya lo tiene.
Teniendo la permanente, no tiene límite de entradas ni salidas del país, ni de tiempo de estancia en el extranjero.
Estando casada con mexicano, no tienen ningún problema.
Cualquier cosa, quedo al pendiente
Saludos
Lau
Hola Laura Gil, te agradezco enormemente por tu respuesta. Te cuento que fuimos a las oficinas de migración, y nos alegaron que esta vez mi esposa tenía que tramitar la residencia temporal y hasta la próxima vez podía aspirar a la residencia permanente. Otro impedimento que tenemos es que ella se irá antes de que expire su permiso, y el trámite de residencia sólo se puede hacer una vez vencido el permiso. Así que optamos por la opción de que salga del país y a su regreso empezar de nuevo con todos los trámites correspondiente... Un saludo afectuoso por parte de mi esposa y mío... Gracias
EliminarHola Laura, muchas gracias por tu blog... había escrito un gran mensaje pero creo que se perdió. Antes que nada muchas gracias por toda la orientación que nos das a todos los extranjeros que queremos legalizar nuestra estancia acá. Tengo unas dudas que creo que sólo tu me podrías resolver en forma sencilla:
ResponderEliminar1. Mi esposo y yo somos Guatemaltecos. Mi esposo es residente temporal con permiso de trabajo, tiene un año y tres meses bajo esa condición. En el mes de mayo nos casamos en Guatemala, realizamos todo el trámite de apostillado y legalización del acta y la semana pasada, mi esposo dio aviso del cambio de estado civil en el instituto de migración. Yo aproveché e hice la consulta si podía empezar el trámite de residencia temporal por vínculo familiar sin permiso de trabajar y el agente me dijo que sí. Recuerdo que en otra ocasión otro agente me había dicho que no... y también recuerdo haber leído en el blog una respuesta a una venezolana en donde le dices que el trámite es un misterio, puesto que a algunos les ha durado un mes y a otros hasta tres meses. Entonces mi duda es básicamente , ¿puedo empezar el trámite desde ya? y ¿Cuánto tiempo dura aprox?
2.Sí el tiempo en lo que me sale mi residencia temporal es muy largo, y durante ese tiempo consigo un trabajo...¿Qué tendría que hacer? ¿Cuánto extra hay que pagar? y cuánto duraría aproximadamente en lo que realizan el cambio?.
3. Sí quiero trabajar como autónoma, qué papeles tengo que entregar ? y no sé si teniendo ese permiso alguna empresa me quisiera contratar...¿Qué tendría que hacer? ¿Tengo que cambiar mi permiso de trabajo?
Gracias por tus comentarios... que tengas bonita tarde. Saludos.
Hola Monik,
EliminarA ver, si ya estás casada, y ya estás en México, el trámite no es problema, tu esposo ya es residente, el problema de lentitud viene cuando el esposo aún no es residente, por lo que puede demorar.
En tu caso, tu esposo ya es residente y tu vas a pedir el permiso de residencia por vínculo familiar, como dependiente. El trámite dura, dependiendo de quien te atienda y del Estado donde vivas, ya que hay Estados con menos flujo de trámites y es más rápido. Suele durar 1 - 2 meses, ya que puede que también os llamarán a entevista en el INM, solo es una entrevista por separado, relacionada con vuestra relación para ver que no sea un matrimonio de conveniencia, pero en vuestro caso ambos sois guatemaltecos, suele darse entre matrimonios mixtos (mexicanos - otra nacionalidad)
No, no puedes iniciar otro trámite como ampliación para trabajar, deberás esperar a que te den el permiso de residencia para despues solicitar bien permiso para trabajar para una empresa o bien como autónomo.
Abajo te dejo los links de lo que tienes que hacer
Trámite de dependiente a permiso de trabajo:
http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/07/de-dependiente-permiso-de-trabajo.html
Para el trámite de autónomo, es el mismo que el de trabajo, solo que deberás sustituir lo correspondiente a Empresa, por tus datos fiscales: RFC (alta en hacienda), Firma y Sello Digital (Alta en el SAT), Carta dirigida a INM explicando cuales van a ser tus actividades.
Cualquier cosa, quedo al pendiente!
Saludos
Lau
También se me había olvidado preguntarte, de qué piensas sobre legalizar los estudios en el extranjero acá, crees que vale la pena hacer el trámite o sólo si se tiene una profesión como médico..o algo así. Sabes algo acerca del proceso o dónde se puede encontrar esa información actualizada?.
ResponderEliminarGracias nuevamente.. y perdón por el bombardeo de preguntas... pero pocas veces se tiene oportunidad de tener contacto con una experta :).
No te preocupes, tu pregunta que para eso estamos.
EliminarNecesitas traerte de tu país, tus títulos apostillados por si acaso, hay empresas que lo solicitan y si luego necesitas o quieres hacer un proceso de "convalidación de estudios" ante la Secretaría de Educación Pública de México (SEP) también te los pedirán.
Desconozco el proceso en Guatemala, pero en España nos piden 2 postillas 1 del MInisterio de Educación (certifica qu efectivamente los títulos son validos y están registrados en el sistema educativo) y otra del Ministerio de Justicia (apostillado de la Haya). Me imagino, por lo que otros amigos de otras nacionalidades han hecho, que el proceso es bastante parecido para la mayoría de países. Pregunta en tu país, el porceso exacto y solo sellos público, es decir, no por notario, no es válido, la certificación de educación y de la Haya solo la puede dar el Estado, aunque los notarios formen parte, pero solo una Institución (ministerio/secretaría) puede hacerlo. ¡ojo con esto! ya van varios que pagan una lana y no les sirve....
En España el apostillado de títulos es gratis, no se en Guatamala el costo.
Cualquier cosa, por aquí ando
Sls
Lau
Muchas gracias Lau por tu respuesta, te contaré como me va porque pienso empezar esta semana.
ResponderEliminarY última pregunta sí trabajo como autónoma y luego me sale un trabajo en una empresa formal... seguramente tendré que dar el aviso (llevar la carta de la oferta etc), realizar algún cambio y nuevamente pagar... Estoy bien con eso?
Exacto, ahí si es notificación de cambio de empleo :D
EliminarHola Laura como estas?
ResponderEliminarBasicamente tengo tres preguntas:
1.- No hay problema si yo con solo dos meses con visa temporal con permiso de trabajo quiero tramitar el cambio de estancia de mi esposa e hijo de Turista a Visa de residente temporal con dependencia economica?
2.- Necesito un abogado para realizar estos tramites o podriamos hacerlo nosotros mismos?
3.- Tengo q hacer la gestion yo mismo por ser el titular de la Visa de Residente Temporal con permiso de trabajo o podria hacerlo mi esposa?
Quedo a la espera de tu respuesta.
Saludos.
Hola Gustavo,
Eliminar1. - Claro que no, tu estás tramitando residencia para tu familia, por supuesto que se pueden tramitar, solo que hay un detalle, Si ellos están en el extranjero, que antes de que tu tramites nada deben ir al Consulado Mexicano o llamar, porque tendrán que tramitarlo desde alli ellos y necesitan algunas cosas. Si ellos están aquí como turistas, ellos deben tramitar el proceso, no tu. Otra cosa que te den permiso a ti de ir físicamente en su nombre a migración a hacer los trámites, pero los trámites no los puede presentar una persona por otra, sino que en el proceso, el interesado debe darle permiso (el cual se otorga en el cuestionario online cuando incluyes que persona autorizada puede entregar y recibir notificaciones)
2. - Puedes hacerlos tu mismo si quieres, la idea de este blog es ayudar a las personas, para que sepan cual es el proceso, que necesitan, y se les facilite. Ya el que quiera hacerlo por si mismo o con abogado es decisión propia. Yo siempre me hice todo yo sola, mas bien depende del tiempo que tengas, del dinero que quieras invertir o de si prefieres pagar para que te hagan el proceso. Yo hay cosas por las que pago y otras no, en el tema migratorio, siempre preferí hacerlo yo misma, la ventaja de un abogado, es que solo tienes que ir una vez, a poner huellas y firmar y se conocen a todas las personas de migración. Aunque conmigo, siempre has sido siempre en migración muy amables, han buscado ayudarme y resolver mis dudas y afortunadamente nunca tuve ningún problema.
3. - La gestión SOLO la puede hacer tu esposa como titular del permiso de residencia, otra cosa, que se autorice a una persona para que haga el trámite, pero ella deberá figurar como la persona que solicita el trámite.
Cualquier cosa, quedo al pendiente
Saludos
Lau
Hola Laura:
ResponderEliminarSoy cubana y entré al país por unidad familiar, con visa de “Residente Temporal Estudiante”, pues vine como acompañante de mi esposo, (también cubano) que está realizando estudios de doctorado aquí en México. Al realizar los trámites migratorios en territorio mexicano se me otorgó la Residencia Temporal Estudiante, la misma con que cuenta mi esposo, con la diferencia que yo no estoy realizando estudios.
Quisiera preguntarle concretamente, si puedo realizar el trámite de “Obtención de permiso de trabajo”?
Los requisitos del INM para este trámite y toda la información que he encontrado en la web están referidos explícitamente a Residentes Temporales Estudiantes que cursan estudios en una institución educativa, por lo que requieren permiso de esta.
¿Cómo sería en mi caso?
Gracias por la atención, y por tu excelente blog! Constituye un oasis de información dentro de la web ;-)
Saludos,
Daylen
Hola Daylen,
ResponderEliminarAcorde a la Ley, cualquier residente dependiente puede solicitar ampliación para permiso de trabajo, y dependientes también son los que tienen la residencia temporal de estudiantes.
Entiendo que en tu caso, no eres estudiante "activo", pero el proceso sería el mismo, ya que lo que importa son las condiciones de tu permiso de residencia, no tanto los detalles alrededor de él.
Cualquier cosa, quedo al pendiente
Saludos
Lau
Hola Laura:
EliminarEstoy muy agradecida por la aclaración, por la atención prestada y la prontitud de la respuesta!!
Saludos,
Daylen
Hola Laura buenas noches, primero que todo agradecerte por tu valioso aporte en esto blog, tu ayuda no tiene precio.
ResponderEliminarPor otro lado necesito tu ayuda, orientación o guía con relación a lo siguiente:
1.- Soy Venezolano, una compañía tiene la intensión de contratarme y me están redactando la carta de oferta de empleo, mi pregunta viene en lo siguiente: Esa carta me la mandan directamente a mi persona y yo la presento aquí en el consulado o ellos primero tienen que presentarla allá en México primero.
2.- Al aceptar esta oferta pretendo llevarme a mi grupo familiar, yo soy el contratado no ellos, que tengo que hacer en el consulado para llevármelos, mucho sabría agradecer tu ayuda.
Hola Edmlev,
ResponderEliminarPrimero deben solicitar el VoBo de migración para contrartate, luego enviarte ese papel, con él ir al consulado mexicano y ya venir a México a terminar el trámite.
Te adjunto el link del proceso completo: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/cambio-de-turista-residente-temporal.html
Respecto a tu familia, para su Permiso de Residencia o llegando a México, cuando tu ya tengas tu permiso, deben solicitarlo ante el Instituto de Migración en México, tal como lo pone en este post, el permiso como residentes dependientes.
Te dejo la explicación exacta: http://www.inm.gob.mx/index.php/page/Unidad_Familiar
No se si en tu caso, necesite tu familia una visa otorgada por el consulado mexicano, para entrar como turistas en México. Te dejo el post de entrada como turistas en Mex: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/llegada-mexico-por-el-aeropuerto.html
Cualquier cosa, quedo al pendiente
Suerte!!!!
Saludos!!
Lau
A ver si entendí, mi empleador tiene que hacer algún proceso allá en México antes de mandarme la carta?
EliminarExacto, debe solicitar permiso para contratarte.
EliminarTe dejo el proceso completo: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/cambio-de-turista-residente-temporal.html
HOLA BUENAS TARDES LAURA GIL TENGO ALGUNAS DUDAS, ESPERO CONTAR CON SU AYUDA, MI CASO ES EL SIGUIENTE:
ResponderEliminarSOY DE VENEZUELA ME VINE A MÉXICO CON MI ESPOSO E HIJA, MI VISA ES FMM TENGO 23 DÍAS INTERNACIÓN EN MÉXICO, QUIERO QUEDARME Y PODER SACAR MI FM2, QUE PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS DEBEMOS TRAMITAR PARA SOLICITARLO, SIN SALIR DEL PAÍS.
QUEDO EN ESPERA DE TU RESPUESTA.
SALUDOS!!!
Hola Cynthia,
Eliminaren este mismo post, te describo paso por paso, de manera detallada, lo que tienes que hacer. Léelo y si tienes alguna duda, quedo a tus órdenes
Saludos!!
Lau
Mi nombre es lizeth soy colombiana tengo 20 años
ResponderEliminarHace unos meses se me venció mi permiso como turista y quiero legalizar mi estancia en mi condición mi pregunta es q debo hacer en este caso ya que no cuento con ningún permiso pero cuento con estas opciones (si valen como opciones)
1 permiso por vínculo familiar dependiente ( tengo una hermana con resistencia permanente y es casada con un mexicano)
2 permiso de trabajo ( contratación en una empresa)
3 permiso por ser dependiente de mi marido (futuro esposo 3 años y medio de relación y 2 viviendo juntos ) q también es extranjero y su permiso temporal esta en trámite
He leído que se puede tener un permiso por dependencia pero no se si aplique
Si hay otras posibildades aparte de las nombradas q yo desconozca cual me recomiendas ?
Te respondí en el otro post esta la misma pregunta :D
EliminarCualquier cosa, avísame
Saludos!!
HOLA LAURA GRACIAS, YA LEÍ EL POST QUE DESCRIBES PERO NO RESUELVE LAS DUDAS QUE A CONTINUACIÓN TE EXPLICO:
ResponderEliminarYO PUEDO HACER MI CAMBIO DE ESTANCIA DE FMM A FM2 A TRAVÉS DE LA PAGINA QUE MENCIONAS (I N M) ???, Y QUE RAZÓN DEBEMOS DAR PARA TRAMITAR LA FM2 (DEPENDIENTE,UNIÓN FAMILIAR, O DE TRABAJO) O CUAL ES LA MAS CONVENIENTE PARA QUE SEA MAS RÁPIDO
EN CASO DE HACERLO, ES NECESARIO QUE LO REALICÉ TAMBIÉN MI ESPOSO Y MI HIJA DE 5 AÑOS??? Y DEBEMOS TRAMITARLO LOS 3 PARA ESTAR LEGALMENTE???, O SOLO UNO?
Y SI FUERA CUALQUIER FORMA ES NECESARIO QUE SALGAMOS DEL PAIS?
DATOS ADICIONALES:
LOS 3 SOMOS VENEZOLANOS
NOS CASAMOS EN VENEZUELA
A ver, vamos por pasos.
EliminarEstoy entendiendo que entonces los 3 estáis como turistas en México, ¿es correcto?
No existe la FM2, desde el 2012 es Tarjeta de Residente (temporal o permanente)
Si estáis los 2 como turistas, entonces solo tenéis 3 opciones:
1. - Que una empresa os contrate a alguno de los 2 y os haga los papeles, por lo que el otro cónyuge y tu hija ya puede solicitar residencia como dependiente sin salir del país.
el proceso sería este: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/cambio-de-turista-residente-temporal.html
2. - Crear una empresa con un mexicano/a o un residente en México y autocontratarse. El proceso sería exactamente igual.
En ambos casos, el que fuese a ser contratado por una empresa, debe obligatoriamente salir del país, ya que la segunda parte del proceso se hace en un consulado mexicano en el exterior.
3. - Ser aceptados en una Universidad para cursar unos estudios, donde deberéis demostrar solvencia económica para el tiempo de estudio. http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/proceso-migratorio-para-ser-estudiante.html
Una vez con la residencia temporal como estudiante, si contáis con oferta de empleo o queréis ser freelance, podéis ampliar a permiso de trabajo: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/07/de-estudiante-dependiente-ampliacion.html
Con uno de los 2 adultos que tenga ya el permiso de residencia temporal, el cónyuge y su hijo, pueden hacer el proceso, sin salir del país.
Por cierto, necesitarás el acta de matrimonio apostillada, así como la de nacimiento de tu hijo.
Cualquier cosa, quedo al pendiente
Saludos,
Lau
Hola Laura, soy residente temporal dependiente pues convivo hace 3 años y medio con un mexicano, mi hija tiene 18 años y vino a México, hay alguna forma de que se quede legalmente en el país para estudiar?
ResponderEliminarEn tu caso, tu hija, al seguir estudiando y debes demostrar que sigue estudiando, puede solicitar el permiso de residencia como dependiente económico. Se permite a los hijos entre (18 a 25 años)
EliminarSi además ya tiene claro, el qué y dónde, puede solicitar directamente la residencia temporal de estudiante.
Cualquier cosa, quedo al pendiente.
Saludos
Lau
HOLA BUEN DÍA LAURA!!!
ResponderEliminarMUCHAS GRACIAS POR TODA LA INFORMACIÓN Y ATENCIÓN. ACLARASTE MIS DUDAS, FELICITACIONES POR TU EXCELENTE BLOCK.
SALUDOS!!!
Un placer ;)
EliminarHola Laura. Muchas gracias por un sitio tan bueno y con tanta información. Quiero hacerte una pregunta, pues tengo duda con un trámite que debo hacer. Hace casi un año traje a mi mamá a vivir conmigo en Mexico como dependiente económica mio. En ese momento yo tenía residencia temporal, pero ya tengo residencia permanente. Ahora que está casi al vencerse su visa, que trámite es el que debo hacer: 1-Renovación de su Residencia Temporal o 2-Cambio a Residencia Permanente? De antemano, gracias por tu respuesta.
ResponderEliminarEntiendo que solo es para ella, por lo que renovación residencia temporal por vínculo familiar:
Eliminarhttp://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/06/renovacion-residente-temporal-vinculo.html
Hola Laura, buenas noches. Mi pregunta es la siguiente, si estoy casada con un mexicano en el extranjero, y tenemos un hijo en común, que no es mexicano, porque mi esposo obtuvo la nacionalidad al haber nacido de padres mexicanos fuera de México y nuestro hijo debe vivir dos años en México para poder obtener la nacionalidad, que estatus tendremos mi hijo y yo al irnos a vivir a México: residentes temporales dependientes o residentes permanentes? Como residente temporal dependiente puedo obtener el permiso de trabajo de manera automática al recibir una oferta de empleo? Nuestro hijo seria permanente y yo temporal? Cómo sería esto exactamente?
ResponderEliminarA ver, por partes como dijo Jack el Destripador....
Eliminar1. - Casada con mexicano (sea nacido o no en territorio mexicano) al llegar a México, debes hacer el proceso de Residente temporal por vínculo familiar. A los 2 años ya puedes optar por la Permanente, ya que los esposos pueden solicitarla a los 2 años en vez de los 4 años que te piden.
Vas a necesitar tu acta de matrimonio original, apostillada para tu proceso en migración, donde te piden que demuestres tu vínculo familiar, pero como el acta es de otro país, te la piden apostillada. Te recomiendo que te traigas 2 o 3 actas apostillas por si acaso, que aqui piden mucho las actas de matrimonio y de nacimiento para muchos procesos.
2. - Si puedes cambiar de dependiente a permiso de trabajo. Bien una vez que tengas oferta de trabajo o te des de alta como autónoma o montes una empresa. Pero si lo encuentras durante el proceso de migración de turista a residente, debes esperar a que termine el proceso de residente temporal dependiente y luego hacer el proceso de solicitud de permiso de trabajo: Te dejo el proceso: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/07/de-dependiente-permiso-de-trabajo.html
3. - Respecto a tu hijo. Si es de padre mexicano puede solicitar la nacionalidad mexicana, pero no se la van a dar mañana y tiene un proceso como tu bien dices... así que deberá entrar como tu, residente temporal dependiente.
Cualquier cosa, quedo al pendiente
Saludos
Lau
Buenas Tardes Laura.
ResponderEliminarTengo una duda respecto a los siguientes requisitos:
1. "Original y Copia de Comprobante de Domicilio no mayor a 3 meses (Gas, Luz, Teléfono (Telcel), Agua, pero solo las que vienen con facturas a domicilio)".
El tema es que estos comprobantes no estan a mi nombre, excepto el de servicio de cable (el cual recibo en digital -archivo pdf).
En resumen, la preguntas son las siguientes:
a. Aceptan la entrega de dicho documento aunque no este a mi nombre?
b. Sirve la factura del servicio de cable aun teniendola solo en digital?
2. "Carta dirigida al INM. 2 Copias. Donde bajo protesta de decir la verdad expongas las razones de querer residir en México y le solicites al INM el permiso de residencia."
a. Es necesaria una carta para mi esposa y otra para mi hijo (menor de 12 años)?
Atento a tus respuestas.
GB.
Si, aceptan comprobantes que no estén a tu nombre sin problema. El recibo del cable no sirve, solo (Gas, Luz, Teléfono (Telcel). Recibo de luz tienes que tener seguro!!!
ResponderEliminarSi, porque son 2 procesos diferentes, no puedes solicitar la residencia para 2 personas con un solo proceso, cada persona hace su proceso, presenta sus papeles y solicita su residencia como dependiente tuyo.
Hola Laura
ResponderEliminarAnte todo muchas gracias por tu ayuda a todo aquel que la necesitamos.
Mi duda es la siguiente: actualmente estoy en México por un contrato de trabajo y mi esposo tiene entrevista en la oficina consular de mi pais de origen como turista a finales de este mes. Nosotros pensábamos decir que él venía a verme, pero nos han aconsejado que no digamos esto, sino que viene de turista y ya pues el echo de que yo esté aquí puede ser motivo de negativa de la visa. Sabes si esto es cierto? Qué nos aconsejas?
Muchisimas gracias y buen dia
Hola Cynthia, pues la verdad no sabría que decirte, depende del país del que seas.
EliminarSi vuestra idea es que él se quede en México, puede llegar como turista y pedir la residencia como dependiente, solo que traiga Apostillada vuestro acta de matrimonio, porque os la van a pedir, apostillada para ese proceso.
Si vuestra idea es solo venir de turista y él tiene billete de i/v no debería haber ningún problema, porque estáis casados.
Creo que el mejor consejo puede venir de tus propios compatriotas en México, que ellos ya han pasado por ese proceso y saben que te piden y que no, que te preguntan y las respuestas mas efectivas, a veces no es lo que digas, sino como lo digas lo que marca la diferencia.
Yo siempre voto por la sinceridad y el corazón, el que está para analizarte ya sabe cuando le mientes. Si el dice que viene a ver a su mujer, que lleváis tanto tiempo de novios, tanto casado, que estás en un proyecto en México y que hace X tiempo que no lo ves y que tenéis muchas ganas de veros, en teoría no debería haber problemas, excepto si consideran a tu país como país de riesgo migratorio y si de por sí ya os ponen muchas trabas para venir. Habla con tus compatriotas ellos te guiarán mejor.
Suerte!!
Sls
Lau
Hola Laura, muchas gracias por tu respuesta, nosotros también apostamos por la sinceridad, pero es que muchas veces eso no es valorado... esperemos que esta vez sí. Muchas gracias nuevamente y buen dia!
EliminarHola Laura Buenas Noches! Quería preguntarte supongamos que yo tenga visa temporal y me vaya a Mexico...cuanto tiempo laborando debe pasar para que pueda tramitar la visa temporal mi esposa e hijo como familiares respectivamente. Gracias de antemano
ResponderEliminarEn el momento en que tu la tengas físicamente en tu mano. Recuerda que debes llegar a México y hacer una parte del Trámite en el Instituto de Migración Mexicano, para que te den físicamente la Tarjeta de Residente.
EliminarSaludos
Lau
Hola Laura Buenas Noches! Quería preguntarte supongamos que yo tenga visa temporal y me vaya a Mexico...cuanto tiempo laborando debe pasar para que pueda tramitar la visa temporal mi esposa e hijo como familiares respectivamente. Gracias de antemano
ResponderEliminarDesde que tienes tu tarjeta de residente en la mano.
EliminarHola Laura
ResponderEliminarAnte todo, muchas gracias por el tiempo dedicado a tu blog y a responder consultas.
Te molesto con la siguiente pregunta. Mi esposa sacó una beca para investigar un año en la UNAM. Nos avisaron con muy poca anticipación (20 días) y están viendo cómo le facilitan a ella la posibilidad de sacar la visa de estudiante o invetigador en tan poco tiempo.
Yo iría para acompañarla. Mi pregunta entonces es respecto de mi situación. Podemos tramitar conjuntamente una visa para estudiante para ella y de unidad familiar para mi? O yo puedo entrar como turista y realizar el trámite en México directamente? En caso de que estén las dos opciones (tramitar la visa para los dos en el consulado o tramitar la de ella y que después yo haga el cambio de turista a residente temporal en México), es mucho más fácil la primera? (porque quizás no tengamos tiempo de hacer acá todo el trámite mío antes de viajar).
Gracias y saludos!!
Primero ella debe de contar con la Visa de Estudiante, para poder solicitar tu la residencia por unidad familiar como dependiente; luego puedes solicitar ampliación para permiso de trabajo una vez que encuentres trabajo.
EliminarTu debes entrar como turista, pero te van a pedir o bien billete de I/v o bien billete de salida de México en menos de 6 meses, aunque sea por autobús.
Cuando te pregunten di que vienes a ayudar a tu mujer a buscar departamento, mudanza y ya,
, para que no te pongan problemas, pero solo si te preguntan.
Sls
Lau
Hola Laura, muchas gracias por tu respuesta!!!
EliminarEs justo la info que necesitaba, saludos!
Hola, creo que no envié correctamente mi consulta. Estoy próximo a casarme con mi pareja que es mexicana y a fin de año nace nuestro hijo. Sé que por ley me corresponde la residencia permanente pero hace tiempo que se venció mi permiso de turista aunque aún conservo mi FMM. ¿Tengo que regularizar mi estado migratorio o cambiar de estado migratorio antes de pedir la residencia permanente? Lo de multa sé que es inevitable, ¿pero de cuánto estamos hablando? El 30 de septiembre de 2014 se venció mi estadía como turista.
ResponderEliminarHola Alexis,
EliminarPues tienes de 2, salir del país y volver a entrar o ir a regularizarte. Ojo con el tema de la regularización, ya que hay 2 tipos de regularización:
1. - Para migrantes que entraron antes del 9 de noviembre de 2012.
2. - Por vínculo familiar, que es la que te compete
Abajo los requisitos:
http://www.inm.gob.mx/static/Tramites_2013/permanecer_mexico/regularizacion/POR_VINCULO_FAMILIAR.pdf
Es estudio de recepción son unos 1200, del resto, depende la resolución.
Saludos
Hola Laura, excelente apoyo nos brindas, Una pregunta yo tuve un permiso de trabajo temporal en mexico pero perdi la oportunidad de hacer la renovacion en el momento que me tocaba (Marzo 2015), nuevamente tengo una oferta de trabajo en mexico y me gustaria saber si deben hacer todo el tramite de permiso de trabajo nuevamente como si fuera la primera vez o si es un tramite diferente?
ResponderEliminarGracias de antemano
Ya no puedes recuperarlo, si se te pasa máximo un mes, puedes, sino no. Deberás empezar de cero de nuevo.
EliminarSuerte y Saludos!
Lau
Hola Laura, cómo estás?
ResponderEliminarTe hago una consulta. Yo soy argentina y tengo una oferta laboral para trabajar en Mexico. La fecha de entrada es el 01 de octubre al trabajo. La empresa tiene que tramitar primeramente el NUT en la INM. Tu sabes si esto tarda demasiado?
Porque luego de esto necesito pedir un turno a la embajada de mexico en Buenos Aires para pedir la visa de trabajo.
Por otro lado, mi novio vendría conmigo a Mexico. Nos conviene casarnos aqui en Buenos Aires antes de ir para alla verdad? Y en ese caso el obtendria la residencia temporal gracias a mi. Su idea es igualmente conseguir trabajo tambien alla. De esa forma pediría el cambio de la de DEPENDENCIA a la de trabajo, no?
Muchas gracias y espero tu respuesta.
Ileana
Por otro lado Laura, es lo mismo la visa de trabajo con NUT que la de permiso temporal por 4 años?
ResponderEliminarMe aparecen estas dos opciones en la embajada de Mexico de Buenos Aires.
Hola Ileana,
EliminarVamos por partes, jejeje
La Empresa como bien dices, debe solicitar permiso para contratarte (NUT), una vez que lo obtenga ya puedes solicitar cita en el Consulado, antes no puedes solicitar cita, porque no tienes el VoBo de migración todavía.
Lo que tarda.... pues depende de migración, puede tardar 1 mes, 2 meses... ahí si que ni la empresa ni nadie puede hacer nada, mas que estar pendiente de que salga.
Como recomendación, traeros vuestros títulos de estudios apostillados.
Respecto a tu chico: Si estáis casados o en Unión Libre (por el Juzgado Civil y Familiar) puede obtener el permiso de residencia como dependiente, una vez que tu ya tengas la tarjeta residente en la mano.
Si os vais a casar en Argentina, necesitáis traer el acta de matrimonio apostillada (traed 2 por si acaso).
Si os vais a casar en México, necesitáis traer vuestras actas de Nacimiento Apostilladas.
* Una vez que tenga la residencia temporal dependiente, cuando encuentre trabajo o se haga autónomo o monte una empresa, puede solicitar la ampliación a permiso de trabajo. No necesita salir del país para solicitar ni dependencia ni ampliación a permiso de trabajo, él lo hace todo desde México en un solo proceso, tu lo haces en 3 procesos.
A ver, Respecto a tu pregunta sobre el NUT, no no es lo mismo. Una cosa es la NUT y la Otra la Residencia Temporal.
El NUT: Número Único de Trámite es decir, que tu empresa pide permiso para contratarte y ese permiso está asociado a un trámite que irá a tu expediente. Cuando le dan el VoBo a la empresa, le dan tu NUT el cual se lo darás al Consulado para que pueda acceder a tu expediente online y confirmar que a la empresa que lo solicitó le dieron el VoBo para contratarte. En el Consulado te hacen una entrevista y te aprueban tu permiso de trabajo y residencia, el cual que da en tu NUT registrado, pero aún no eres residente, es decir, solo te dan el VoBo de nuevo. Llegando a México, se solicita la tarjeta de residente al Instituto de Migración Mexicano, por el tiempo que tu empresa ha solicitado. Suele ser por 1 año, y renovable anualmente o luego 3 años de golpe. Cuando dice que la temporal es por 4 años, es porque si no tienes vínculo familiar con un mexicano (casamiento o hijos mexicanos), debes estar 4 años con la temporal para poder obtener la residencia permanente. En el caso de tener hijos mexicanos, puedes solicitar antes de los 4 años la permanente.
Espero haber resuelto tus dudas.
Suerte!!
Lau
Hola, Laura!
ResponderEliminarMe ayudas con alguna informacion. Tengo residente temporal vencido al extranjero y sé que hay 55 dias para regresar al pais. Pero no puedo encontrar cuantos dias tengo para ir a migracion y renovar mi residencia? O no hay limites?
Gracias!
Kate
Hola Katerina,
Eliminar55 días. Te dice que desde el día que te vence tienes 55 días, si estás en el extranjero, es decir, que debes volver a México, antes de que pasen 55 días después de la fecha de vencimiento e ir inmediatamente a Migración. Si ya es día 56, aunque estés fuera o dentro del país, ya perdiste tu residencia y deberás empezar de nuevo.
Saludos
Lau
Gracias, lo se. Mi pregunta es sobre "inmediatamente ir a migracion". Hay alguna nota cuantos dias son "inmediatamente"?
EliminarHola Katerina, como te decía antes tienes 55 días desde el día que se te vence hasta que puedes renovar, si pasas 56 ya no. "Inmediatamente" significa que cuando llegues a México no te duermas en los laureles, que no dejes pasar días, que de las primeras cosas que hagas vayas a Migración, no esperes a cumplir 54 días, porque si te falta un papel o necesitas alguno que no depende de ti y se retrasan ya perdiste tu residencia y deberás empezar de cero.
EliminarSaludos
Lau
Laura!
EliminarMuchas gracias por tu ayuda, pero no me ayudaste nada. No me voy a dormir en los laureles sino tengo la razón para preguntarte. Perdón por molestarte.
Para que sepas si te preguntan otros (lo encontré yo misma en el sitio de INM, es muy complicado el sitio y eso fue la dificultad en que pedía tu ayuda):
"en estos casos, no se aplicará sanción y la solicitud de renovación deberá presentarse dentro de los CINCO días hábiles posteriores a su ingreso" http://www.inm.gob.mx/index.php/page/Preguntas_Frecuentes_POT
Saludos!
Katerina
Gracias Katerina por la aclaración, pero te repito, ten en cuenta los 55 días, el número 56 ya no aplica lo que tu estás poniendo, siempre y cuando no pase de 55 días de la fecha de vencimiento.
EliminarSaludos y suerte
hola Buenas Tardes..
ResponderEliminarTengo algunas dudas..
soy residente temporal por unión familiar y mi residencia es por dependencia económica, pero quiero empezar a trabajar y a partir de ahí necesito asesoría,
Mis dudas son las siguientes:
- Cuanto tiempo debo esperar para poder solicitar el permiso de trabajo desde que me entregan la residencia temporal?
-La empresa que me quiera contratar debe estar registrada para contratar extranjeros o ya puedo buscar oferta de cualquier empresa Mexicana?
-Debo asistir a migración con la oferta en mano o puedo iniciar el tramite antes?
Agradecería su pronta respuesta. Saludos.
Hola Xioli,
Eliminar1. - Desde el momento que tienes tu tarjeta de residencia en la mano, puedes solicitarla
2. - La empresa si debe estar registrada, sea empresa extranjera o mexicana. Cualquier empresa de cualquier nacionalidad que quiera contratar a un extranjero
Te dejo el proceso que debe de hacer la empresa: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/03/requisitos-y-proceso-para-darse-de-alta.html
3. - Para hacer el proceso de cambio de dependiente a permiso de trabajo, te dejo el proceso aquí también.
http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/07/de-dependiente-permiso-de-trabajo.html
Cualquier duda, quedo al pendiente
Saludos
Lau
Hola Laura, cómo estás?
ResponderEliminarVuelvo a escribir porque resulta ahora que no hay turnos en la embajada de Argentina para hacer la visa de trabajo y necesito estar el 01 de octubre en Mexico ya trabajando. La consulta es si puedo realizar este trámite en otro país que no sea acá. Por ahi lo puedo hacer en Miami. Pero necesitaría conocer los requisitos, son los mismos que acá?
Acá en Argentina no quieren darme un sobreturno.
Muchas gracias y saludos,
Si, si puedes, puedes ir a cualquier consulado mexicano a hacer los trámites. Revisa en Internet, porque no todos los Consulados hacen trámites.
EliminarSuerte!
Saludos
Lau
AAA Y otra cosa. Puedo entrar a Mexico como turista en primer lugar y despues ir a Estados Unidos a sacar la VISA de trabajo en la embajada de Mexico?
EliminarGracias y saludos!!
Si, si puedes.
EliminarMuchos extranjeros prefieren venir antes a México para ir haciendo gestiones y luego salir a USA o Guatemala. En estos países te suelen dar la cita muy rápido, en 1-2-3 días y algunos consulados te la entregan en el día.
Suerte!!
ResponderEliminarBuenos Dias Laura, tengo una serie de dudas sobre la residencia temporal por vinculo familiar. Soy Colombiano y en el mes siguiente pretendo viajar a Mexico para radicarme, las dudas son las siguientes:
1 Mi unico vinculo familiar es mi Novio el es Mexicano ( somos pareja Gay)
2 Tenemos que estar necesariamente casados para poder realizar este tramite?
3 Al Cuanto tiempo debo realizar el tramite una vez entre a México como turista?
Muchas Gracias por su tiempo.
Hola Luis, te respondo pregunta por pregunta para que sea más fácil:
Eliminar1. - En el DF se reconoce no solo el matrimonio gay, sino también la unión libre, pero no en todos los estados, por lo que es importante que revises donde vas a hacer tu proceso de cambio. Ahora te piden 2 procesos por Unión Libre: Por el juzgado civil y por el familiar.
2. - Como te decía podéis solicitar la Unión libre, pero por ambos juzgados, el civil es muy rápido y en el momento, el familiar no, ese es mas largo y mas costoso.
3. - En teoría en cuanto llegues, puedes solicitar los trámites, pero en tu caso, necesitarás antes tener ambos reconocimientos de unión libre. El civil es rápido pero el familiar no... ir a haceros por el civil (que os lo dan en el día) y luego solicitad enseguida del juzgado familiar, allí os dirán cuanto tardan. Una vez que tengáis ambos reconocimientos, podrás solicitar tu residencia temporal como dependiente. Si encuentras trabajo, luego podrás solicitar permiso de trabajo.
Saludos
Suerte!!
Muchas muchas gracias Laura, en el caso de decidirnos por el Matrimonio y no por la union libre, solo haríamos por el juzgado civil?
EliminarSi, exacto, un acta de matrimonio es un acta de matrimonio. Solo aseguraros de casaros en un Estado de la República mexicana, donde admitan matrimonios gays.
EliminarSaludos y suerte!!!
Lau
Un saludo grandote desde Italia quiero hacer diferentes preguntas entre la semana, gracias por su comprensiones y ayuda
ResponderEliminarSi claro, pregunta lo que necesites saber.
EliminarSaludos de una española en México!
Lau
Muy buenos dias Lau, que gusto poder saber que existen personas como tu que pueden ayudar. Nosotros vivimos en un lugar que se llama Valtellina en Italia, estamos muy cerca de Suisa como 8 km. Mi nombre es Patty tengo pasaporte mexicano, credencial de elector porquè he vivido 12 anos en Quintana Roo, my esposo es italiano, fuimos hace una semana al consolado mexicano en Milan, le han dado el visto, en Noviembre nos vamos a vivir en Merida como pensionado, abriremos una cuenta bancaria en Merida asi que el banco Suiso puede trasladar nuestra cuenta, una parte, y luego cada meses el deposito de la jubilacion. Tengo algunas preguntas:
ResponderEliminarCreo que cambio mucho con la migracion, no sirve un avocado por el tramite de RESIDENCIA TEMPORAL?
Tengo que legalizar apostilar y traducir el acta de matrimonio ( matrimonio hecho en Italia) mejor dos acta de matrimonio legalizada? Luego como tu dices siempre 3 copias
Tengo que ir al registro civil de Merida para reconcer el matrimonio?
Puedo descargar el modulo y rellenarlo con el pc y luego entregarlo a la migracion con relativas fotocopias?
El modulo del pago de los derechos conforme a la cuotas ( en este caso por la residencia temporal de dos anos) puedo emprimirlo, ir al banco y hacer el pago y luego con copias entregarlo a la migracion?
Por la solicitud de residencia temporal antes de todos tengo que ir a la migracion sacar sita y luego entregar los documento?
Gracias mil gracias por tu ayuda y atencion, disculpa mi espanol que falta jijiji un abraso tambien virtual
Hola Patrizia, jejeje, ni te preocupes por tu español, es muy bueno, yo entiendo el italiano pero no lo escribo, así que me superas por creces jejeje. Lo importante es entendernos aunque sea en japonés (ya existe google translator)
EliminarVamos por partes:
1. - Si tu eres mexicana (ya que tienes nacionalidad mexicana, tienes pasaporte) y estás casada, tu marido automáticamente puede tener la residencia temporal por vínculo familiar, es decir, estar casado con una mexicana.
2. - Para poder demostrar el vínculo, entiendo que os casasteis fuera de México, si necesitáis el acta de matrimonio con el apostille de La Haya (normalmente los tribunales de justicia de vuestro país hacen ese trámite a veces incluso gratuito, los notarios cobran carísimo) y si no está en español, traducida por un traductor oficial (preguntad en el Consulado Mexicano, ellos suelen tener una lista de traductores oficiales reconocidos por el consulado y notarios para certificar que el acta es la misma y es válida)
3. - Al llegar a México, vas a que os reconozcan el matrimonio en México, este proceso es muy recomendable, porque así os darán un acta de matrimonio mexicana, y no habrá error ni duda ante migración. (yo aconsejo adjuntar en migración todo, el acta extranjera y el acta mexicana, a migración le gusta que le facilites la información, así que cuanto más claro, mejor)
4. - Entiendo que ya habéis solicitado en el Consulado el VoBo para residencia temporal por vínculo familiar, por lo que le habrán dado un documento o le habrán puesto un sello o visa en el pasaporte, ¿correcto?
Avísame de este punto, ya que si tiene el VoBo ya del Consulado, lo que debe "marcar en la solicitud de residencia" es diferente, así como lo que tiene que marcar al entrar en México por el aeropuerto.
Sls
Lau
Gracias Lau, tenemos una oficina de traduciones oficial, que hacen apostille en mi lugar, y luego ellos lo entregan en PREFETTURA ( es un oficina de tribunales) ya que lo hice una vez y por lo tanto se como funciona. Però quiero si tu puede contestarme tambien a las otras pregunta que te escribi:
ResponderEliminarPuedo descargar el modulo y rellenarlo con el pc y luego entregarlo a la migracion con relativas fotocopias?
El modulo del pago de los derechos conforme a la cuotas ( en este caso por la residencia temporal de dos anos) puedo emprimirlo, ir al banco y hacer el pago y luego con copias entregarlo a la migracion?
Por la solicitud de residencia temporal antes de todos tengo que ir a la migracion sacar sita y luego entregar los documento?
Por todo lo que nececito no sirve un avocado? O bien podemos irnos a la migracion solitos con todos lo documentos y copia??
Gracias por tu comprension y paciencia
saludo cordial
Patty
Me imagino que cuando hablas de módulo, te refieres a los formatos.
EliminarTodos los formatos se rellenan por Internet y luego se imprimen.
El formato rellenado (solicitud de estancia...etc) tiene una vigencia de 90 días, es un cambio bueno, porque antes solo tenías 30, así que si lo haces el 10 Septiembre, tienes hasta el 10 de Diciembre para entregarlos.
Respecto al pago, es exactamente como dices, primero sacas los formatos con pago por 2 años, vas al banco, pagas, te darán un recibo, y ese recibo es el que debes llevar a migración junto con los demás papeles. (ojo saca 2 copias)
El proceso lo podéis hacer vosotros mismos, no es obligatorio pagarle a un abogado, eso depende de ti, un abogado hace casi todo por ti , va a migración y le da seguimiento a tu tramite y si lo haces tu, pues tu serás quien le de seguimiento.
NO DAN CITA, para entregar los papeles. Abren las oficinas a las 9 am, desde las 7 am ya hay gente haciendo fila para entrar y van pasando en orden.
Recuerda que si tienes todos los papeles que te piden, cuando ya entres en las oficinas de migración, debes colocarte en la fila de trámites completos y si te falta algo, en la fila de trámites incompletos
Solo te darán cita para entrevista (probablemente, no es seguro), una vez entregados tus papeles, para confirmar el vínculo familiar, pero si ya has tenido la entrevista consular, puede que no os llamen. Este es un mero trámite para personas que solicitan por primera vez la residencia por vínculo familiar, para confirmar que efectivamente si existe el vínculo, sobre todo para los recién casados, por eso la entrevista no siempre sucede.
Cambiaron el 17 de Agosto los formatos de solicitud, así que en este post, aún verás el antiguo (que es el mismo prácticamente, cambia el diseño) pero en cuanto pueda actualizo este post, que es de los mas leídos, jejejeje. Los requisitos son los mismos
Espero haber contestado tus dudas, cualquier cosa, por aquí ando
Saludos
Lau
gracias Lau por tu ayuda que siempre son utiles para superar cada dificuladedes. Eres una persona muy amable y con mucho carino te envio mi saludo desde Valtellina. Espero un dia poder conoscerte disfrutando con un vaso de vino tinto o blanco hablando de cultura italiana y espanola. Un abrazo tambien virtual desde una abuelita, ya que el final del mes va a nacer Isabel, la bebè de mi hija luego nos mudamos en Merida. Quiero mantener contacto ademas por tener amistad con tu persona. Un saludo sincero
ResponderEliminarPatty
Patty
Un placer Patrizia, para eso es el blog, para echar una mano a quien la pida :)
EliminarY claro que si!!! será un honor tomarme un vinito contigo, jejeje.
Felicidades por tu nieta!!!
Saludos y estamos en contacto!!!
Besazo
Lau
Por cierto, ya actualicé el post, para que te sea mas sencillo rellenarlo.
EliminarSaludos de nuevo Patrizia!
se ve que eres una gran persona por ayudar a las personas que tenemos estos problemas... bueno haber si me puedes ayudar el tramite de regularización por vinculo familiar cuanto tiempo se demora... muchas gracias
ResponderEliminarDesde que entregas los papeles, suele tardar entre 1 y 2 meses, depende mucho de la oficina del Estado donde entregues los papeles, ya que hay oficinas que tienen mas saturación de procesos que otras.
EliminarSuerte!!
Saludos
Lau
Hola Laura soy venezolana y falta poco para cumplir dos años de casada. Mi pregunta es al solicitar mi residencia permanente automaticamente me dan el permiso de trabajo o debo pedirlo si quiero ser trabajadora independiente? de tener que solicitarlo debo realizar un pago adicional por ese permiso de trabajo?
ResponderEliminarHola,
EliminarEl permiso de trabajo ya no viene incluido en la Tarjeta permanente, deberás solicitarlo y pagarlo a parte, pero no te preocupes, es muy rápido y muy fácil.
Sea bien por empleo o quieras darte de alta como autónoma, debes solicitar el permiso.
Abajo te dejo el link de lo que debes hacer si encuentras oferta de empleo.
No he subido aún el de Dependiente a Autónomo, pero aprovechando tu pregunta la subo esta semana, porque lo único que cambia, es la documentación a entregar, en vez de la empresa, entregas tu propia documentación como autónoma. Lo subo y te contesto en este mismo mensaje con el link para que puedas verlo.
http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/07/de-dependiente-permiso-de-trabajo.html
Saludos!!
Aquí está el post de Dependiente a Autónomo : http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/09/de-dependiente-autonomo.html
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarHola Dángelo, disculpa la respuesta tardía, pero acabo de ver tu pregunta y en el blog me aparece que no tengo comentario pendientes por responder.
EliminarTe respondo por pregunta:
Si, una vez casados, el puede tramitar su residencia temporal por vínculo familiar.
En este post, sale paso por paso, lo que hay que hacer y lo que hay que entregar.
Cualquier cosa, quedo al pendiente
saludos
Lau
hola buenas tarde tendras alguna idea de como hacer una carta para solicitar la curp en mexico es que me piden una carta donde solicito y la verdad ni idea como hacerla
ResponderEliminarNo no tengo ninguna ya que Clave Única de Registro de Población (CURP) es un instrumento que sirve para registrar en forma individual a todos los habitantes de México, nacionales y extranjeros, así como a las mexicanas y mexicanos que radican en otros países.
EliminarAl inscribir a un extranjero en México, automáticamente te la dan con la tarjeta de Residente te dan, no hay que solicitarla, de hecho viene detallado en la tarjeta, por eso en el proceso de renovación, en el formato online, el CURP es obligatorio ponerlo.
Solo no lo incluyen si eres visitante con permiso determinado, pero puedes tomar cualquier plantilla dirigida al INM, y cambia el objeto de la carta, cambia (por ejemplo cambio de empleo) por solicitud de la CURP.
Espero que te sirva
Saludos
Lau
Hola como estas? Tengo una residencia temporal por dos años, aparte de la carta de trabajo que más necesito para solicitarla por residencia temporal con permiso de trabajo, cuál es el costo, qué requisitos necesito y quien debe hacer la solicitud? La empresa o yo? Saludos
ResponderEliminarHola Simón,
ResponderEliminarEntiendo que ¿Eres Residente Temporal Dependiente? por lo que necesitas, solicitar solo permiso de trabajo. Aquí te dejo el link del post, donde sale descrito el proceso paso por paso y que necesitas.
http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/07/de-dependiente-permiso-de-trabajo.html
Solo recuerda, que si eres residente dependiente por vínculo familiar, a los 2 años puedes solicitar la residencia permanente.
Saludos
Lau
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
EliminarHola buenas tardes, es de gran importancia para todos la informacion que nos proporciona ya que no es muy claro en diversos medios, mi pregunta es si tengo una visa de residente temporal estudiante, puedo solicitar una visa como residente permanente o cual seria el proceso, ya tengo dos años estudiando en la universidad en México. Gracias espero con ansias la respuesta no se si me prodria hacer el favor de darme otro medio de contacto directo para que me pueda acesorar gracias.
ResponderEliminarHola Eddy,
EliminarNo, no se puede solicitar la residencia permanente si antes cuentas con la residencia temporal como estudiante, pero puedes solicitar tu residencia temporal, si cumples con los requisitos (vínculo familiar o permiso de trabajo) y después la permanente.
Te dejo el link de lo que solicitan:
Permiso de trabajo como empleado: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/07/de-estudiante-dependiente-ampliacion.html
Permiso de trabajo como autónomo (freelance): http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/09/de-estudiante-dependiente-autonomo.html
Hola, buenas tardes, antes que nada agradezco la creación de este blog ha logrado despejar muchas de mis inquietudes, sólo me quedan algunas, le agradezco mucho si me pudiera apoyar en resolverlas.
ResponderEliminarMi novio es extranjero y para fines de octubre va a venir, nos pensamos casar, lo que me queda duda es saber si ¿hay algún problema si su FMM vence estando aquí?, es decir, en teoría sólo se va quedar una semana, pero la boda la pensamos realizar para el mes de diciembre, por lo revisado me parece que no, ya que aunque su situación sea irregular gracias a la modificación a las leyes de migración no se nos puede negar el casarnos, ¿cierto?
otra inquietud que tengo se trata de que ¿no estaríamos infringiendo ninguna ley si una vez casados mi novio empieza a buscar trabajo (ya que estaríamos casados y en trámite por la residencia temporal)? pero, si ¿sería una infracción si no estando casados empieza a buscar trabajo?
Gracias por sus comentarios.
Hola Lucía,
EliminarSi tu novio viene en Octubre y os casáis en Diciembre, no hay problema de vencimiento porque el permiso de turista es por 180 días, es decir, 6 meses.
Acorde a la ley no te pueden negar la realización de un matrimonio aunque estés de ilegal, la ley es muy clara con esto.
No te preocupes, una vez casados, tu marido ya, solicita la residencia temporal por vínculo familiar, puede ir buscando trabajo, porque cuando lo encuentre, solo tiene que solicitar a migración permiso de trabajo, tiene costo extra, pero ya en la renovación paga solo la residencia con permiso de trabajo y a los 2 años ya puede solicitar la permanente donde viene incluido el permiso de trabajo, es decir, solo 2 años con la residencia temporal.
El trámite de residencia temporal, al tener vínculo familiar, lo puede hacer en México sin salir del país.
Solo un detalle, si os vais a casar, que recuerde que le van a pedir su acta de nacimiento con la apostilla de La Haya en los documentos para la gestión del matrimonio civil. (si esta en otro idioma diferente al español, deberá venir traducida y legalizada, le darán los datos cómo hacerlo y quien en el consulado mexicano)
También si se va a venir a vivir y buscará trabajo, que traiga sus títulos (prepa, licenciatura, maestría...etc) apostillados también, porque aquí los piden mucho en las empresas, sobre todo las grandes.
Espero que haya resulto tus dudas.
Saludos, Suerte y enhorabuena por la boda!!
Lau
Buenos días, Laura
ResponderEliminarTengo una pregunta, pronto voy a solicitar mi residencia temporal con permiso de trabajo, primero voy a solicitar mi visa de entrada como resiendet a través de la embajada de mexico en mi país, pero quisiera saber cual seria el tramite para poder sacar los papeles de residencia dependiente para mi esposa y si los puedo realizar aquí mismo, o tengo que esperar llegar a mexico con ella y solicitarlos desde alla mismo.
Gracias.
Hola Fanner,
EliminarTienes 2 opciones:
Hacerlo por medio del consulado mexicano o bien una vez que tu ya tengas tu tarjeta de residente, tu familia puede hacer el trámite en México sin necesidad de hacerlo en un consulado, ya que los familiares de residentes temporales y permanente, pueden solicitar la residencia en México por vínculo familiar.
En tu caso, solicitarían la residencia temporal como dependientes económico por vinculo familiar. Si tu esposa quiere trabajar mas adelante, montar una empresa, ser freelance, puede hacerlo solicitando el permiso de trabajo a migración, bien por oferta de empleo o bien por autónoma.
Solo una nota. Tu no pides los permisos de residencia, ellos son los que deben solicitarla, es decir, el tramite está a nombre de ellos y firmado por ellos, otro tema es que te den permiso a ti para que tu o un abogado u otra persona vaya a entregar y a gestionar los trámites en México, porque a los Consulados hay que ir en persona.
Saludos!!
Lau
Muchisimas gracias por tu infromacion Laura, de verdad que es de mucha ayuda! cualquier cosa te pregunto de nuevo!
EliminarMil gracias
Muy buenos días Laura,
ResponderEliminarque gusto saber que hay personas tan amables y competentes como tu por nuestros problemas burocraticos...Yo tengo un problema, o es mejor decir que lo tiene una oficina del Gobierno de Distrito Federal, aquí en el D.F. que quiere contratarme.
Soy un arquitecto italiano, en este momento estoy aqui con una visa turistica y hace tres semanas que tengo una oferta de empleo por el Gobierno del D.F. La administración de la oficina donde voy a empezar a trabajar parece que tenga que hacer una solicitud de visa, yo salir del pays, hacer una entrevista en un consulado mexicano al extranjero y regresar, conseguiendo una FMM...todo claro y parece no demasiado complejo.
Peró hay un problema : nadie encontra la Constancia de Inscripción al INM de GDF, necesaria para pedir mi solicitud de visa.
Me puedes ayudar? Donde se puede encontrar esta Constancia ? De manera que le pueda decir donde se encuentra y empezar mi tramite migratorio. Muchísima gracias por tu respuesta.
La constancia dura un año, por lo que si está vigente, solo deben solicitar una copia de la constancia, pero aún es mas fácil. Ahora para solicitar la visa por oferta de empleo, en el mismo formato de migración, te piden que pongas el RFC de la empresa, y si está vigente, automáticamente saldrán todos los datos.
EliminarSi no está vigente, deberán volver a hacer el trámite de alta como empleador, pero pueden hacer en paralelo a tu visa. ¿Por qué se puede? porque como te decía antes, en el formato te preguntan si tienen constancia. Si la tienen vencida, entonces no les apareceran los datos, por lo que les pedirán que vuelvan a meter toda la información en el formato que será un Pre- registro. Deberán entregar ambos procesos (alta de empleador y tu visa al mismo tiempo)
échale un ojo a este post donde viene todo esto explicado paso por paso, con screenshots del formato incluidos:
http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/cambio-de-turista-residente-temporal.html
Saludos y Suerte!!
Lau
Hola, alguien sabe si las fotos tamaño infantil o tienen que ser a color o en blanco y negro?
ResponderEliminarLa info me sería de mucha ayuda :)
Siempre, todas las fotos oficiales son a color.
EliminarSolo piden documentos en blanco y negro cuando son fotocopias.
Saludos
Lau
Muy amable Lau, mcuhas gracias.
EliminarHola Lau
ResponderEliminarYa pronto tendré mi residencia temporal, sabes si el CURP ya viene incluída en la residencia?
Muchas gracias por todo lo que nos ayudas.
Si, todo mexicano y extranjero residente en México tiene CURP (Clave Única de Registro de Población).
EliminarViene en tu tarjeta de residente. En el caso de no venir impresa (que es rarísimo), solo tienes que ir a migración a que te la den.
Saludos
Lau
Muchísimas gracias Lau. Dios te bendiga por ayudar a todos los que necesitamos la info.
EliminarSaludos
Hola Laura, como estas? Con una residencia temporal por unión familiar, puedo solicitar el INE? Saludos y gracias
ResponderEliminarINE?
EliminarEl INE es el Instituto Nacional Electoral
Me imagino que te refieres al IFE.
El IFE solo es para mexicanos, los extranjeros solo cuentan con la Tarjeta de Residente Temporal o Permanente.
En México un extranjero no tiene permitido, decantarse públicamente ni participar activamente ni en política ni votar ni opinar sobre la gestión del país, el art. 33 de la Constitución, lo prohibe.
Saludos
Lau
Hola Laura. Me llamo Manuel y soy español. Pasé una temporada como turista en México y me gustaría volver para trabajar, pero legalmente. Tu post está perfectamente explicado, pero me gustaría saber más sobre mi caso en concreto.
ResponderEliminarPara poder gestionar mi residencia en México, necesito una oferta de trabajo formal? Y luego ir al consulado? Qué tiempo requiere ese trámite? Gracias de antemano, un saludo
Hola Manuel,
EliminarSi no tienes vínculo familiar, necesitas oferta de empleo, o bien de una empresa o bien creando una empresa y autocontratándote o bien como estudiante (estudios reconocidos y por ende debes demostrar que tienes dinero suficiente para mantenerte en México), una vez siendo estudiante, puedes solicitar permiso de trabajo pero necesitas el permiso de la universidad porque solo aplica a estudios superiores o bien ser inversionista para abrir negocio en México con un mínimo de unos 90000 euros, o jubilado con ingresos suficientes para vivir en México.
Este post es para residentes temporales dependiente por vínculo familiar,
échale un ojo al de turista a residente temporal sin vínculo familiar (por oferta de empleo)
http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/cambio-de-turista-residente-temporal.html
Cualquier cosa, quedo al pendiente,
Saludos
Lau
Gracias Lau, el tema estudiante me queda ya algo lejos :) así que tendré que buscar una empresa que me me haga una oferta para así tramitar la residencia. Aun me parece que es muy difícil encontrar eso desde España, no? Tú conoces empresas que faciliten de algún modo esa cuestión?
EliminarLa verdad es que no, y si es mas complicado que una empresa te haga una oferta en la distancia, normalmente suelen ser empresas que están en España y te expatrían en México, o bien ya vives en México y te contratan.
EliminarSuerte!
Hola Laura, tenía una pregunta. Yo estoy realizando lo de la residencia temporal, pues en el seguimiento del trámite ya aparece que mi documento ha sido expedido y que me presente en el INM, pero no he recibido oficio alguno en mi mail.
ResponderEliminarSabes si puedo ir a retirar mi tarjeta de residencia sin el oficio? Tengo mi NUT y mi pasaporte.
Saludos y muchas gracias.
Si te pone que ha sido expedido, puedes acercarte a recogerlo.
EliminarNormalmente mandan un correo, pero no se lo tardan desde que actualizan en el proceso que se ve en Internet y mandan el correo. Por eso siempre piden estar atentos al seguimiento del trámite.
Recuerda que necesitas llevar tu resguardo donde sale tu NUT y tu pasaporte.
Saludos
Lau
Muchas gracias Lau. Tu blog me fue y me seguirá siendo de muchísima ayuda en mi vida en México.
EliminarSaludos
HOLA LAU MI NOMBRE ES XOCHITL
ResponderEliminarYO ME CASE CON UN CHICO EXTRANJERO CON EL CUAL YA VIVO Y TODO BIEN, SOLO Q MI TRABAJO REQUIERE DE SALIDAS CONTINUAS DE DF Y EL M,E ACOMPAÑA YA Q EL NO PUEDE TRABAJAR AUN, Y ME COMENTARON Q LOS OFICIALES DE MIGRACIÓN HACEN VISITAS AL DOMICILIO DONDE VIVIMOS ¿Q PASA EN CASO DE Q NO NOS ENCUENTRE EN EL DOMICILIO??
Hola Xochitl, ¿Cual es la situación migratoria de tu pareja? Turista, está en proceso de entrega de residencia temporal... proceso de regularización... etc.
EliminarHola Laura, felicitaciones por tu dedicación en ayudar a los demás. Ayudas a toda la humanidad haciendo esto, por que le das Fe a las personas de aun seguimos siendo humanos.
ResponderEliminarMi familia y yo (Esposa y mis dos hijos) viajamos a México, llevamos Visa de Residente Temporal me podrias ayudar indicandome que tramites hay que hacer desde que llegamos al Aeropuerto. Ya que me dijeron que en el Aeropuerto hay una Oficina del INM..gracias por tu labor, respuesta y tiempo.
Hola,
EliminarAl llegar, debes entrar como turista, pero ojo que debes marcar la FMM, como CANJE, ya que cuando entres en México tienes 30 días para canjear la FMM por la tarjeta de residente.
Te dejo el link de entrada en el aeropuerto; http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/llegada-mexico-por-el-aeropuerto.html
Proceso de turista a residente por oferta de trabajo: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/04/cambio-de-turista-residente-temporal.html
Suerte!!!
Sls
Lau
Hola buenas tardes.
ResponderEliminarAnte todo reciba un saludo cordial.
Tengo una duda, si mi padre que es Venezolano y posee residencia temporal en México, puedo yo obtener la Residencia temporal, cabe destacar, que tengo 24 años de edad, estoy casado y tengo un hijo.
Saludos
Hola Pedro,
EliminarNo, no aplica en tu caso. Ya eres mayor de edad y estás casado y con un hijo. Solo aplica a dependientes no emancipados ni casados menores de 18 años y puede aplicar hasta 25, en el caso de ser estudiantes dependientes y que estos hijos no están casados, ni emancipados.
Saludos
Lau
Buenos días Laura!
ResponderEliminarAntes de nada agradecerte tu labor y este magnífico blog que encontré después de investigar a fondo por la web. Estoy un poco perdido (como muchos verdad?) así que procedo a comentarte mi caso. Soy español y estoy como turista en Guadalajara desde mediados de septiembre. Mi novia es de aquí y mi idea es quedarme a vivir con ella. Hace un par de semanas que fue al INM para pedir información de cómo puedo hacer para quedarme legal en el país, con contrato de trabajo o lo que sea. La información que te dan tampoco te aclara mucho y te deja con las dudas sin despejar. Para el tema de trabajo tengo que contar con una oferta de una empresa y eso lo veo complicado porque he enviado algún currículum y las empresas no se mojan en ese sentido al decirle que eres extranjero turista. La otra opción que se contempla es la del matrimonio pero creo que no me daría tiempo a reunir toda la documentación necesaria, ya que mi billete de vuelta a España lo tengo para el 2 de diciembre. Entonces, leyendo tu blog, he visto lo de la Unión Libre, algo que desconocía. Así que tramitando esto, me valdría para la residencia? Los trámites son más lentos que los del matrimonio? Teniendo el permiso en el juzgado civil (a la espera del familiar) si llegase a no utilizar el billete de vuelta y quedarme "ilegal", tendría algún problema? Tú que me aconsejas? Gracias por tu tiempo y disculpa mi ignorancia
Hola Fran,
EliminarSi, tienes varias opciones en tu caso:
Vínculo Familiar u oferta de trabajo
En la parte del vínculo familiar, si existe la unión libre (pareja de hecho nuestra), pero existe un problema de tiempo en tu caso, no solo lo piden por el juzgado civil, sino también por el juzgado familiar y ese tarda, en con audiencia, juez y abogado.
Hay personas, que en algunos Estados, solo les han pedido el civil, pero la tendencia es que pidan ambos. Te recomiendo que vayas a migración y preguntes si la constancia de unión libre civil (que te la dan en el momento) es suficiente o te piden ambas la civil y la familiar. Ya van varios paisanos y paisanas, que teniendo la residencia temporal en México, estando 4 años aquí, han ido a solicitar la permanente, han tenido que empezar de cero porque les pidieron la familiar en una notificación, y cuando te notifican que falta algún documento te dan 10 naturales (es decir una semana y media) para llevar la documentación faltante.
Empieza preguntando si lo solicitan en GDL, porque en el DF y Estado de México, no pasan ni una, y en San Luis Potosí y Aguascalientes, solo les han pedido la civil. Antes de que me preguntes, no puedes tramitar donde quieras la residencia, sino en el Estado en el que vas a vivir, porque por vínculo familiar, además os harán una entrevista en migración a ambos.
¿Que te aconsejo? Matrimonio, si es tu novia, os queréis y queréis estar juntos, lo mas rápido, barato y efectivo, el matrimonio.
Si te da tiempo si pides ya los papeles, yo cuando me casé, tardé 2 semanas en tener todo preparado y listo.
¿Qué necesitas?
1. - Tu acta de Nacimiento apostillada. - Puede ir un familiar tuyo a buscarla y enviártela por Fedex, DHL, etc. Solo tiene que ir al registro, pedir un par de copias, ir al Tribunal Superior de Justicia de tu CC.AA, y que te lo apostillen.
2. - Tu pasaporte
3. - Tu tarjeta de Turista. Si está vencida no pasa nada, porque acorde a la Ley actual mexicana, no pueden negarte que te cases aunque estés de "ilegal" en el país, pero no creo que sea tu caso, si estas desde hace poco mas de un mes, tienes hasta mitad de febrero (180 días). Es mas fácil retrasar tu vuelo.
4, - El resto de la documentación es de México, y esa la consigues en un par de días, así que si te pones las pilas, a mitad de noviembre ya te estas casando.
Ahora te interesa por lo civil, luego ya haréis fiesta o lo que sea, jejeje
Espero que te haya servido de algo
Saludos
Lau
Muchísimas gracias por tu atención Laura, me han servido de mucho tus palabras. Reitero, magnífica labor la que estás realizando porque nos sirve de mucha ayuda.
ResponderEliminarUn saludo!!!
Buenas tardes Laura
ResponderEliminarEntonces teniendo la residencia temporal como puedo obtener el permiso de trabajo? Es decir, ya con la residencia temporal por matrimonio, puedo buscar empleo o cómo?
Gracias!
Cuando encuentres trabajo, debes solicitar permiso de trabajo. Es rápido.
EliminarÉchale un ojo a estos post:
1. - De dependiente a Autónomo: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/09/de-dependiente-autonomo.html
2. - De Dependiente a Oferta de Empleo: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/07/de-dependiente-permiso-de-trabajo.html
Hola buenos días, esta muy completo tu blog, pero tengo unas dudas acerca de viajar como dependiente económico, Mi novio consiguió trabajo en México, los dos somos Colombianos, a él la empresa le esta haciendo el tramite para obtener el permiso de trabajo y le dijeron que yo podía ingresar al país como turista, la idea es llevar documento de acá de Colombia que demuestre que somos pareja y que vivimos en unión libre, ¿ con este documento es suficiente o es necesario hacer algún otro tramite?, espero me puedas ayudar. muchas gracias
ResponderEliminarHola!
EliminarNecesitaréis un documento de Unión libre, perooooo, en México están pidiéndolo por el Juzgado Civil y el Juzgado Familiar, ya no se admite solo el civil, de hecho conozco varias extranjeras/os incluso en Unión libre con mexicano/a, que les han puesto problemas por no tener el familiar, el cual es un poco mas largo, con abogado y antes un juez.
Mi recomendación aquí, es o bien empezáis ya a tramitar la unión libre en ambos juzgados o sino cuando te pidan el familiar, no te va a dar tiempo, porque te dan 10 días para notificación.
La solución más rápida, barata y sencilla, es matrimonio civil, muchos han acabado optando por esto, precisamente por los tiempos. El juzgado familiar suele tardar unos 3 meses.
Si entras como turista y vais primero al civil, que te dan el documento en en mismo día, y luego vais al familiar a solicitar la Unión libre, antes de vencer los 180 días de turista, ya tienes ambos.
Suerte!!
Saludos
Lau
Hola Laura!
ResponderEliminarAcabo de descubrir tu blog y la información que das es infinitamente mejor que la que dan en la web del INM, o en los consulados de México en España, así que gracias por tu trabajo.
Yo acabo de llegar a México hace unas semanas, y estoy preparando la documentación para solicitar la residencia temporal por vínculo familiar, en mi caso por estar casado con una mexicana. De momento hicimos una primera visita a las oficinas del INM en Cancún, y nos han pedido los siguiente documentos:
-pasaporte
-FMM
-Comprobante del pago de derechos (pero la chica que nos atendió sólo nos marcó a boli y nos dio un resguardo para el banco, por la recepción y estudio de la solicitud, 1124 pesos, no nos informó del resto de las tasas, aunque si que aparecen en la hoja que nos entregó).
-Identificación de mi esposa
-Copia del Acta deMatrimonio
-Comprobante de domicilio (recibo de electricidad, aunque estuviese a nombre del arrendador del departamente donde vivimos)
También nos dio dos modelos de carta, parecidos a los que tu enlazas, pero en ninguno de ellos pone nada de la dependencia económica...
Respecto a lo del Acta de Matrimonio, nosotros nos casamos en España, y tenemos el acta apostillada, y eso le presentamos, pero nos solicitaron un Acta de Matrimonio Mexicana, que hay que solicitar en un registro civil, (otros 588.84 pesos), y que tendremos el 11 de noviembre... Para ello necesitan el acta española apostillada y el acta de nacimiento del nacional mexicano (que también cuesta dinero, y debe ser reciente, 15 días)... ¿Tienes idea de si es así en todos los casos?
No nos dijeron nada de lo de la dependencia económica, aunque si parece aconsejable que llevemos las nóminas de mi esposa, porque por lo que me dice ella, es bastante habitual que te soliciten cosas nuevas cada vez.
Alguna persona nos ha aconsejado comenzar el trámite aunque no tengamos todos los documentos, e incluso aunque no se haya realizado aún el pago... pero por lo que tu comentas eso puede hacer que el trámite se retrase aún más, no?
Respecto al permiso de trabajo, también me han dicho que las empresas en muchos casos te piden tener ya el permiso para contratarte, con lo que no es facil conseguir una dispuesta a hacer todo el trámite que le piden... por eso he pensado que una vez con la residencia temporal, ver la opción de hacerme autónomo, el menor tiempo posible, y una vez con el permiso buscar una empresa. Mi duda es saber cuanto cuesta ser autónomo, si me doy de baja una vez obtenido el permiso de trabajo, éste sigue teniendo validez, y si con el permiso de trabajo que den cómo autónomo puedo buscar trabajo como empleado para una empresa...
Por último, tengo billete de vuelta a España a mediados de diciembre (ya que tenía que disponer de él para embarcar de venida como turista), y no sé si en caso de volver para navidades a España eso puede suponerme un problema, si aún no he obtenido el permiso de residencia, que por fechas parece lo más probable...
Disculpa porque al final son un montón de preguntas, pero bueno, si me puedes ayudar en alguna será genial. Y aún tengo que ver los otros posts donde hablas de los permisos de trabajo...
Saludos y muchas gracias.
Adrián
Hola Adrián,
EliminarPor partes, jejejeje
A ver, en tu caso, la residencia es por vínculo familiar, y si, es como dependiente, no lleva incluida el permiso de trabajo. Pero si encuentras trabajo, solo tienes que hacer la solicitud de ampliación a permiso de trabajo, que es rápido, solo que te cobrarán por ello, ya en tu renovación , te darán residente temporal por vínculo familiar con permiso de trabajo.
La única tarjeta de residente que lleva implícita el permiso de trabajo, es la Residencia permanente.
Échale un ojo a estos 2 post:
Residencia Temporal: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/10/residencia-temporal-en-mexico.html
Residencia Permanente: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/10/residencia-permanente_25.html
Respecto a tu trámite:
Al solicitar la residencia temporal por vínculo familiar, te van a pedir que entregues todo lo que te pongo ahí arriba en el post, si no es ahora, después.
Si tu presentas toda la documentación, la cual se presenta en la ventanilla de "trámites completos", solo queda entre medio, la entrevista personal, y la siguiente ya es poner huellas.
Si presentas parte de la documentación, la cual se presenta en la ventanilla de "trámites incompletos", te pedirán que presentes lo que falta, tras la entrevista.
Diferencias: El tiempo, el no presentar todo implica fácil 2 meses mas de espera.
Siempre digo, que yo pongo TODO lo que te piden, y que excepto los pagos, puede que haya cosas que dependiendo quien te atienda, no las recoja, o no las solicite, lo que intento es que si te toca alguien que te pide hasta la cartilla de la guardería... tu tengas todos los papeles allí preparados, para evitar ir 20 veces a migración.
Respecto a los del permiso de trabajo. Siendo residente puedes hacerte autónomo o buscar trabajo y luego pedir permiso a migración. De ambas formas, deberás hacer ese trámite de pedir permiso de trabajo.
El permiso de trabajo que se le solicita a migración cuesta unos 2000 pesos, ya que el darte de alta como autónomo, hacienda, tributario y migración, es gratis, y el que te contrate una empresa, no tiene costo.
Si te vas en Navidades no hay problema, ya que si ya has metido el proceso en Noviembre, en el caso de no haber salido tu tarjeta, puedes solicitar el permiso de salida y entrada a México que cuenta unos 300 pesos.
Ver post: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2014/06/permiso-de-salida-y-entrada-mexico.html
Creo que no me dejo nada, jejejeje
Cualquier duda, avísame
Saludos!!
Lau
Muchas gracias por las respuestas!!!
EliminarSeguro que me toca ir al INM más de una vez, pero gracias a leer tu blog me voy a librar de algún viaje... a mí no me dijeron nada de la carta del trabajo de mi esposa no de las nóminas!!!! Y sólo me dijeron de pagar 1124 pesos, que ya he visto que es por estudiar la solicitud y nada más... Los otros 5272 pesos duelen bastante...
Tampoco sabía que habría una entrevista personal, y no me gusta nada la idea, jejeje...
Para lo del permiso de trabajo no tengo prisa, pero si tengo dudas ya se a quien preguntar :)
Gracias de nuevo y un saludo.
Adrián