SALUDO

Este Blog nace por la necesidad de dar respuesta a muchas dudas, inquietudes y emociones mezcladas de los emigrantes que llegan a tierras mexicanas y que andan un poco perdidos o temerosos.

La idea es facilitarles el conocimiento de los procesos, de los trámites migratorios, legales, tips, ideas de cómo alquilar un piso, cómo encontrar trabajo, que te piden y bueno, en general el protocolo social, de negocios hablado y no hablado.

Así que esta loca de la vida, quiere compartir y colaborar con lo que puedo ofrecerle a los demás, apoyo y conocimiento a fuerza de golpes, lágrimas y desesperación, para evitaros, a los nuevos que llegáis, el trauma, a veces la impotencia o desesperación a la hora de resolver algunas situaciones.

Quiero compartir no solo mis experiencias, para que en vez de pasar meses ideando o investigando, ahorréis especialmente tiempo e incluso hígado... sino también información, que en ocasiones no se comparte completa desde el principio, por lo que en vez de ir 1 o 2 veces a hacer un trámite, acabas yendo 7-8 y por supuesto ya una úlcera creada...

Intento contestar en el mismo día todas las dudas, pero a veces mi trabajo real, se me come y tardo un poco más, así como ir subiendo poco a poco los post.
Si hay algún tema en especial que quieras que se trate en un post, hacédmelo saber y con gusto los subo en cuanto me sea posible.
Espero que os sirva, que es el objetivo de este blog, ayudar e informar.
Veréis abajo páginas del Blog, ordenadas por Intereses:
Temas Migratorios, Empresas, Vivir en México... poco a poco iré añadiendo páginas diferentes

¡¡Bienvenidos a México!!

domingo, 25 de octubre de 2015

SOLICITUD DE RESIDENCIA PERMANENTE SIENDO EMPLEADO CON VÍNCULO FAMILIAR

Para el trámite de residencia temporal a residencia permanente cuando existe vínculo familiar y además permiso de trabajo, debes presentar información, tanto del vínculo familiar como de tu trabajo.

Estés actualmente trabajando para una empresa o ser autónomo.

Que hayas estado 4 años ININTERRUMPIDOS viviendo en el país. Este implica, bien hayas hecho 3 renovaciones (año por año) o bien si pagaste la renovación por 3 años, esté a punto de vencer. (Aquí incluimos cualquier tipo de matemática a la hora de renovar, 2 renovaciones anuales y una por 2 años....etc, el hecho es que vayas a cumplir tu 4º año)
Asilados políticos, Refugiados y protección complementaria o por la determinación de apátrida
Por decisión del Instituto Nacional de Migración, conforme al sistema de puntos que al efecto se establezca

Ahora bien, ¿Qué necesitamos? Prácticamente lo mismo que en una renovación, es fácil pero con algunos detalles, así que como es usual que diga en en mis post, como dijo Jack el Destripador.... vayamos por partes


¿CUAL ES EL PROCESO?


A. - PRIMERA PARTE DEL PROCESO

SE HACE TODO EN LAS OFICINAS DEL INSTITUTO DE MIGRACIÓN DE LA CIUDAD QUE TE CORRESPONDA EN MÉXICO

Es decir, la ciudad del Estado donde resides acorde al comprobante de domicilio que presentes, ejemplo si vives en Guadalajara, deberás ir a las oficinas de GDL, Jalisco, no puedes hacer el trámite en Monterrey, enviarán tus papeles a Jalisco y tardará muchísimo.

1. - Rellenar Solicitud de Estancia Online Haz Click Aqui   

NUEVO FORMATO DESDE AGOSTO 2015


Haz Click en el link donde dice:  "Formato para solicitar trámite migratorio de estancia"


Se abrirá una nueva página: 




Haz Click en el link donde dice:  "Formato para solicitar trámite migratorio de estancia"
Se abrirá una nueva página: 




Seleccionar en el Menú: "Cambio condición de estancia". 


¿Por qué? Porque estoy cambiando mi estatus migratorio de temporal que me obliga a renovar, a permanente que nunca mas voy a tener que renovar, entre otras cosas más.

Seleccionar en "Especifique" :"
Cambio de condición de residente temporal a residente permanente"




Debajo aparece el NUE, el cual SI SABEMOS, aparece en tu tarjeta de residente debajo del logo del INM. Marcanos la casilla del NUE y aparece este recuadro a rellenar:




Incluir Datos Personales del Extranjero


Nota
En este caso, como ya NO es la primera vez que hacen un trámite de residencia ante migración, incluye tu CURP, debe venir especificado en tu tarjeta de residente. En el caso de no venir (por error de migración) debes acudir a las oficinas de migración a que te lo den. 
En tu tarjeta de residente, debajo de la fecha de nacimiento verás tu CURP 


Incluir Datos del Pasaporte





Incluir Datos del Domicilio del Extranjero en México.
Nota: El trámite debe hacerse ante las oficinas del Instituto de Migración de la Ciudad y Estado donde pongamos la residencia en este punto.





"Correo para notificar"
Dirección de Correo Electrónico donde se recibirán las notificaciones del INM asociadas a este trámite, elige un correo que veas habitualmente.



En el caso de incluir a otra persona
En el caso de incluir a otra persona (familiar, amigo, empleador, abogado...) debes incluirlo para que pueda ayudarte con el trámite. 
Haz Click en "Agregar Persona" y se abrirá una nueva ventana donde incluir los datos. Cuando termines haz click en agregar. Si deseas agregar a alguien más repite el proceso.


 




* IMPORTANTE: En el caso de presentar otra persona tu trámite, deberá adjuntar copia de su identificación oficial (IFE, Pasaporte, Tarjeta de Residente...), adicional a los requisitos que abajo se detallan.


Si deseas añadir algún comentario, hay un espacio para ello.


NUEVA OPCIÓN con el nuevo formatoEn el caso de incluir el trámite de otro familiar al mismo tiempo, ya puedes hacerlo, solo debes hacer click en "Agregar Familiar" 
En este caso, si existen otras personas dependientes como por ejemplo, los hijos, se podría hacer.


Haz Click en Guardar y aparecerá un mensaje (justo debajo de "guardar") donde te pregunte si la información es correcta:

  • Si das click en Sí te llevará bien a finalizar el proceso para imprimir o a un nuevo formato para solicitar otro nuevo trámite
  • Si das click en NO, te volverá a dejar el formato editable

Aparecerá este mensaje:
Su solicitud ha sido registrada con el número de pieza: 000000XXXXXXXPosteriormente puede ir a la Impresión de solicitudes con su número de pieza 000000XXXXXX y su clave XXXXX para reimprimirla
Podrás imprimir, o en su defecto regresar al formato y volver a rellenar otra solicitud nueva.

Si haces click en impresión de solicitudes aparecerá esta pantalla donde deberás incluir tu número de pieza y tu clave asignada



IMPORTANTE: Una vez impreso el formato, deberéis firmarlo a mano. Abajo ejemplo:





¿Qué más necesitamos entregar en las oficinas de migración (INM) en México además del formato?

2. - Original y Copia de Pasaporte 
Normalmente solo piden la parte del pasaporte donde sale tu foto, tus datos y los sellos de entrada y salida, pero yo recomiendo que lleven todo el pasaporte fotocopiado, a mi me lo han llegado a pedir de las 2 maneras, completo o parcial, según quien te toque)

3. - Original y Copia de tu Tarjeta de Residente 

4. - Fotocopia por ambas caras bien de todas las tarjetas migratorias o bien del oficio de aprobación. 
Aunque tienen todo en tu expediente, este trámite es importantísimo a efectos de rapidez. Si tu ya les das copia de todo, no tienen que ir a buscarlo a tu expediente. Esto puede llegar a agilizar tu trámite. Yo ya contaba con la tarjeta de residente permanente en mis manos, en menos de 15 días.

5. - Original y Copia de Comprobante de tu Domicilio no mayor a 3 meses

Gas, Luz, Teléfono (Telcel), Agua, pero solo las que vienen con facturas a domicilio, piden documentos oficiales, no vale ni el cable, ni registros bancarios. No es necesario si el recibo no está a tu nombre, puede estar a nombre del dueño del departamento que estás rentando, o a nombre de tus suegros o de tu mujer...etc. 

6.- Carta dirigida al INM. 2 Copias. 
Donde bajo protesta de decir la verdad expongas las razones de querer residir en México y le solicites al INM la residencia permanente
Puedes revisar un ejemplo de Plantilla en otro Post, Haz Click Aquí

7 - 2 fotos tamaño infantil de frente y 2 de perfil 
Debes escribir el nombre completo detrás de cada foto. Realmente se necesita en la tercera parte del proceso, pero es mejor llevarlas. Hay algunos agentes que las incluyen y otros no, pero si las incluyen, ten en cuenta que NO las volverás a ver, por lo que hazte mas fotos.

8 - Formato Básico. 
Este formato, en realidad, te lo piden en la segunda parte del trámite, y se saca online, pero por ejemplo, a mi me hicieron ir al módulo de información, solicitarlo, rellenarlo y entregarlo en esta parte del trámite.... luego en la segunda parte, tuve que volver a pedirlo... así que por si acaso, yo recomiendo llevarlo, lo peor que puede pasar es que te digan que no lo necesitan. 
Te lo tomen o no te lo tomen... igualmente deberás rellenar online el pre-registro del formato básico. Haz Click Aquí para bajártelo

9 - Original y Copia del acta de matrimonio
  • Si el matrimonio se efectuó en México, el acta de matrimonio mexicana
  • Si el matrimonio se efectuó en el extranjero, el acta de matrimonio con el apostillado de La Haya o bien legalizada en México y si está en otro idioma, traducida oficialmente.

10. - Original y Copia de la identificación del Cónyuge (Para cotejo)


11- Carta de existencia de vínculo familiar. 2 Copias.  Haz click aquí


12- Carta de apoyo del Cónyuge. 2 Copias.  
CARTA APOYO CONYUGE - Haz Click Aquí

13. - De la Empresa en la cual trabajas, necesitas:
  • Copia de la Constancia de Empleador ante el INM. 
  • Original y Copia de Carta Membretada de la Empresa. 
Debe describir,  puesto, Rol (actividades a desempeñar de manera detallada), su sueldo y el tiempo que dura el contrato (si estás contratado de planta y ya llevas mas de 3 meses en la empresa, debe decir que estás con contrato por tiempo indefinido), sino debe incluir las especificaciones de tu contratación. 
Debe estar firmada bien por el representante legal de la empresa o bien por algún superior directo.
  • Si sigues en la misma empresa trabajando: necesitas una carta de constancia de empleo: Ver plantilla 
  • Si vas a incluir en el proceso al mismo tiempo, una notificación de cambio de empleo, entonces deberás adjuntar una carta de reafirmación de tu oferta laboral: Ver Plantilla. Recuerda que si presentas 2 procesos paralelos, no exime de presentar en ambos toda la documentación, aunque a veces sea por duplicado. Ver Plantilla
  • Copia del documento oficial (IFE, PASAPORTE) de la persona que firma la carta
  • Original y Copia de Comprobante de Domicilio de la Empresa 
Gas, Luz, Teléfono (Telcel), Agua, pero solo las que vienen con facturas a domicilio, piden documentos oficiales, no vale ni el cable, ni registros bancarios. 
NOTA Nos hemos encontrado ambos casos, de no ser necesario presentarlo, ya que la empresa está registrada en migración y con la copia del acta de alta como empleador debería ser suficiente, pero también nos hemos encontrado el caso, de que depende quien te atienda en ventanilla, te la puede solicitar. Yo recomiendo llevarla, por si acaso... mejor que sobre a que falte.  
14. - Pago de Derechos 
  • Pago de Derechos por Recepción y Estudio de la Solicitud. 
Este formato, se obtiene directamente en la página de migración, es un pago obligatorio para estudiar tu caso cuando hay cambios importantes, como aprobación de residente temporal a residente permanente, regularización....etc.
Debes rellenarlo online y una vez rellenado, te generará un documento con la clave y el costo del pago de derechos, que debes presentar en el banco o pagar online. 
Después de hacer el pago, deberás sacar 3 copias de dicho pago. 
  • Cada año cambia así que revisa el Costo del pago de servicios, para estar más seguros, revisa la información del INM Aquí  
  • Formato para rellenar y obtener el pago de derechos: Aquí


Recuerda que en tu caso no tienes si tienes RFC y CURP, ya que eres trabajador por cuenta propia, es decir, persona física con actividad empresarial, autónomo, freelance, así que inclúyelo.
Respecto al formato, debes seleccionar en este caso:
Tipo de Trámite o Servicio a seleccionar: "Por la recepción y estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia"
Como  os decía antes, al hacerse todos los pagos por este medio, hay que seleccionar muy bien el que corresponde a tu trámite en concreto.
El lugar donde se tramita: En las oficinas de INM de Estado donde vives.



Haz Click en Imprimir, y te mostrará la hoja que debes de llevar al banco para pagar (lleva 2 copias por si acaso):

En el Banco, te darán un resguardo de pago, a ese resguardo, debes hacerle 2 copias. En migración, cuando entregues los documentos, revisarán en su sistema, que coincidan tu clave de referencia, la cadena de dependencia, tu nombre y el monto a pagar.. es decir que eres tu y que efectivamente has pagado. Esto es debido a los fraudes que tuvieron en el pasado, donde entregaban recibos falsos de pago, ahora es lo primero que revisan en su sistema: Tu pago

  • Pago de Derechos por Residencia Permanente. 
Este formato, se obtiene directamente en la página de migración, es un pago obligatorio, lo que cuesta tu tarjeta de residente. Deberás pagar este costo una sola vez, ya que es permanente, solo en caso de pérdida, extravío o robo, deberás solicitar tu reposición y pagar el costo.
Debes rellenarlo online y una vez rellenado, te generará un documento con la clave y el costo del pago de derechos, que debes presentar en el banco o pagar online. 
Después de hacer el pago, deberás sacar 3 copias de dicho pago. 
  • Cada año cambian los costos así que revisa el Costo del pago de servicios, este blog es un ejemplo, y corresponden los costos al día en que se publicó o se hicieron modificaciones. Para estar más seguros, revisa la información del INM Aquí  
  • Formato para rellenar y obtener el pago de derechos: Aquí


El lugar donde se tramita: En algunos casos, hay trámites que se deben o pueden hacer en el aeropuerto, por eso verás las 2 opciones. Elige la oficina de INM, acorde al estado donde vayas a tramitar tu residencia, como ya explicamos
Una vez dado click en aceptar, te generará una clave y un costo.
Haz Click en Imprimir, y te mostrará la hoja que debes de llevar al banco para pagar (lleva 2 copias por si acaso):

En el Banco, te darán un resguardo de pago, a ese resguardo, debes hacerle 2 copias. Recuerda que en migración, cuando entregues los documentos, revisarán en su sistema, que tu pago es real.

Es importante que en la parte de atrás del formulario, incluyáis la lista de todo lo que vais a entregar



Una vez que ya tengo todo, ¿Donde lo entrego?

Me debo dirigir a un oficina de migración, y allí encontraré 2 opciones:

1. - Ventanilla Trámites Completos
Si cuento con TODA la información y pagos, debo entregarlo en esta ventanilla

2. - Ventanilla Trámites Incompletos
Si me falta algún papel o algún pago, debe entregar la documentación en esta ventanilla. Suele suceder cuando estamos a un día de la fecha de vencimiento de los plazos o decidimos hacer el pago más tarde. Esto supone que en la  primera notificación, no nos van a dar la aprobación, sino que nos pedirán que volvamos a las oficinas a entregar la documentación faltante. También implica demora en el proceso, de mas o menos entre mes y mes y medio.
Algunos me preguntáis que por qué a veces el proceso tarda tanto, tiene que mucho con la entrega total o parcial de la documentación. Si tu controlas la entrega de tus documentos es más fácil, pero cuando es la empresa a través de sus abogados u otras personas, a veces entregan todo, menos el pago de la tarjeta de residente, solo el de revisión del proceso, y hasta que no se lo piden no lo hacen, a veces por cautela, otras por desconocimiento.


¿Cuál es el proceso una vez entregada toda la documentación?

Documento - Resguardo 
En migración te darán un resguardo de tu proceso, para que puedas seguir el Trámite Online, uno como este de aquí abajo:


Lo importante del Documento: 
NUT (Número Único de Trámite) - Cuando tenemos más de un trámite en INM, aparecen bajo el mismo número y por lo tanto utilizaremos el mismo número de Pieza y Contraseña para darles seguimiento. 
PIEZA: Número con el que daremos seguimiento al trámite, por internet. 
CONTRASEÑA, con los cuales en podrás darle seguimiento a tu trámite Online, sin necesidad de ir a Migración de nuevo.

Darle seguimiento a tu trámite online:
Solo debes introducir el número de Pieza y tu contraseña.hacer click Aquí 



Nombre de la Persona Responsable
Es la persona que va a autorizar tu solicitud. En el resguardo, arriba a la izquierda, debajo de "Pieza" y "Tipo de solicitud", sale el nombre de la persona que va a revisar tu trámite.
¿De qué nos sirve?
 Si tenemos alguna duda, podemos ir a migración y solicitar una cita con ella.
Al contrario de lo que mucha gente cree, en migración son muy amables con las solicitudes, si pides una cita con la persona responsable de tu trámite, no solo te ayudará, sino que te explicarán muy bien las cosas. Este sirve cuando el trámite es incompleto o te solicitan más información y no entiendes que has hecho mal, o que no has entregado o por qué los documentos que has entregado no son correctos.

Notificación por parte de Migración
Una vez presentado el trámite, en el plazo que migración, lo estime, recibirás una notificación al correo que incluiste en el registro, en el asunto vendrá: Aviso de notificación. 
Estimado: 
En relación al trámite migratorio con Número Único de Trámite (NUT) XXXXXXXXXXX, de conformidad con el artículo 35 Fracción II de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, y derivado de su consentimiento para recibir notificaciones electrónicas manifestado en el formato migratorio de solicitud de trámite con la pieza número XXXXXXXXXX, se le comunica que la autoridad migratoria ha emitido un oficio, el cual se le notifica por este medio, mismo que puede consultar mediante el siguiente enlace: 
HACER CLICK EN "Consultar oficio" y aparecerá la confirmación de la aprobación de tu residencia temporal.
En el caso que consideren que debas bien volver a presentar algo o bien te falte algo, en dicha notificación, vendrá que deberás presentar y el tiempo que tienes para ir a migración a entregar la documentación faltante. Estos casos suelen suceder, cuando hemos entregado la documentación incompleta.
Al entregar la información faltante, volverán a darnos otro resguardo con pieza, contraseña y responsable y deberemos esperar de nuevo la notificación al correo que dimos en el formato online. 




B. - SEGUNDA PARTE DEL PROCESO


Ya tengo el Oficio donde me aprueban mi Residencia Permanente
Deberán acudir a INM, personalmente, el/ella o los interesados/as en persona, el abogado, representante... etc, no lo puede hacer, ni le dejarán pasar a la sección donde se hace este trámite. Para poder acceder a dichas ventanillas, deberás presentar tu oficio recibido.
Una vez que presentes tu oficio, te pedirán que te sientes hasta que te llamen a la ventanilla y digan tu nombre, atentos, porque luego no se escucha.... (la logística específica de atención al migrante, depende de cada oficinas en cada estado) 
Una vez que te llamen, te pedirán:
  •  Presentar tu pasaporte que no se te olvide.
  • 2 fotos tamaño infantil de frente y 2 de perfil (escribir el nombre completo detrás de cada foto).
  • Copia del documento - resguardo donde sale el NUT, la Pieza y la Contraseña 
  • Formato Básico rellenado Online, Impreso y Firmado. Hay veces que si no lo llevas y el agente quiere, te lo rellenan allí mismo, ¡ojo! no es un hecho, así que procura llevarlo tu. 
(*) Este formato solo podrás rellenarlo cuando estés en este paso del proceso, ya que necesitas el NUT.
La clave la encontrarás en el Oficio que llegará a tu correo.





Sobre este formato, que tu llevaras impreso, pondrás tus huellas dactilares.




C. - TERCERA PARTE DEL PROCESO

¿Qué sucede una vez que ya haya entregado todo?

Recibirás en tu correo electrónico (el que diste para recibir notificaciones), un oficio que te pedirá que vayas a migración a recoger tu Tarjeta de Residente Permanente.
Deberás volver bien tu o bien tu representante, abogado..etc a recoger la Tarjeta de Residente Permanente.   
Misma logística anterior, presentarán copia de oficio y te pedirán que te sientes, hasta que seas llamado a ventanilla. 
¿Qué me van a pedir?
  • Original Pasaporte  
  • Copia del Oficio con el NUT, Pieza y Contraseña, 
¡Ojo!  sino llevas el oficio o apuntado tu NUT, Pieza y Contraseña, te harán volver otro día, ya que ellos necesitan esos datos, para poder imprimir tu tarjeta, que está ya preparada en tu expediente.



Te pedirán que firmes
Bueno, ya con esto, te entregarán tu tarjeta y FÍJATE BIEN!!!! Nombre, apellidos.... etc. sino luego no hay cambios!!! Aquí ya no viene fecha de caducidad, es permanente.
Luego que confirmes los datos y firmes, te la enmicarán... y ya es toda tuya :)
Así se verás (mas o menos tu tarjeta, solo que con tus datos)




En el caso de extraviarla, puedes solicitar una reposición de la tarjeta, la cual tiene un costo.


INTRÍNGULIS DE LA TARJETA PERMANENTE, 
que permite y que no permite 
Ver post Aquí


Espero que os haya servido de algo.

Mucha Suerte!!!

Saludos


Lau




NOTA IMPORTANTE

*TODOS LOS DATOS que se incluyen en los formatos SON FICTICIOS (nombre, direcciones, teléfonos, correos, números de documentos...etc), buscando facilitar la compresión a la hora de rellenar los formatos. Cualquier parecido con la realidad es coincidencia, sin dolo ni alevosía ni premeditación. En el caso de coincidir algún dato real, por favor, no duden en contactarme para cambiar el ejemplo. Gracias y disculpen las molestias. 

21 comentarios:

  1. Laura Muchisisisimas gracias por toda esta informacion tan complete. No sabes la cantidad de tiempo que le estas ahorrando a la gente que desea presentar estos tramites, sin necesidad de ir una y otra vez a las oficinas del INM a pedir la informacion. De hecho la hoja de informacion no trae todo esto tan completo. Dios te bendiga. Saludos!

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    1. Muchas gracias!! Siempre alegra saber que si le sirve a alguien :)

      Saludos

      lau

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  2. Hola buenas noches realmente nos ayuda con toda esta informacion, sin embargo te voy plantear mi caso espero y me puedes ayudar. actualmente estoy tramitando la residencia permanente por vinculo familiar (me case con un mexicano) de parte de migracion me llego una notificacion, supongo para retirar la residencia, por suerte en tu blog voy llevar todo lo que piden para que no me regresen... muchas gracias!!!
    Mi esposo tiene una empresa en Mexico yo trabajo con él, segun lo que entiendo si yo deseo el permiso de trabajo tendre que presentar documentacion de la empresa de mi esposo? osea ese permiso de trabajo lo otorgan unicamente para la empresa que registramos en migracion, que pasaria si tengo otro oferta de trabajo tendria que volver hacer el tramite?. Un fuerte abrazo y muchas gracias por tu amable ayuda.

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    1. Hola Marilyn,

      La ventaja es que la residencia permanente, incluye permiso de trabajo, ya vamos de gane...

      Un extranjero que quiera trabajar en México, necesita que la empresa que lo contrate esté dada de alta como empleador ante Migración o quiera darse de alta. A veces no todas están, pero no tienen problema en darse de alta y obtener el número de empleador.

      Si la empresa ya está, sin problemas se hace la notificación por cambio de empleo

      Si la empresa no lo está, no es impedimento, y puede hacerse la notificación, siempre y cuando, la empresa haya iniciado ya el alta y tu puedes adjuntar fotocopia del resguardo donde sale el número de NUT, y puedan ver que está en proceso. Así como en la carta incluir que la empresa está en proceso, poniendo el Número de NUT, en vez de el número de alta.

      Un extranjero cada vez que se cambia de trabajo debe notificarlo, y si, debe ser contratado bien por una empresa/persona física con actividad empresarial dada de alta o que se esté dando de alta.

      En el caso, en el que se cambie de empleado a autónomo, entonces no hay que darse de alta como empleador, solo notificar que ahora eres autónoma.

      Saludos

      Lau

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  3. Hola espero me puedas ayudar despues de recibir mi paquete en juarez con mi pasaporte sellado con una visa temporal de recidente puedo viajar por via aérea, es que tube que regresarme a mi ciudad de origen.

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    1. Hola,

      Si tienes tu pasaporte y tu tarjeta de residente temporal en la mano, si claro.

      Si estás fuera de México y tienes tu pasaporte y tu residencia en México, no puedes viajar pero a ningún sitio.

      Para viajar a otro país, necesitas obligatoriamente tu pasaporte, sino no entras.

      Para entrar en México como residente necesitas demostrar que eres residente.

      Si estás fuera de México, te recomiendo que te envíen por envío certificado (estilo Fedex o DHL) tus documentos para que puedas viajar de regreso a México.

      Saludos

      Lau

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  4. Y me gustaria pasar las fiestas navideñas con mi espos que es el que me solicito, seria la primera vez que voy a estados unidos.

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    1. Sigo sin tener claro que me estás preguntando...

      ¿Donde estás?
      ¿A donde quieres ir?
      ¿Entiendo que hablas de la residencia temporal mexicana, verdad?

      Saludos

      Lau

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  5. Hola buenas tardes. Gracias por toda esa información esta buenisima.=).
    ojala me ayudes en algo.
    Entre a mexico con permiso de trabajo (sigo trabajando en la misma empresa), tengo que renovar en febrero de este año por 3 años(todo ese tramite lo va hacer la misma empresa), peroooo me voy a casar por el civil ahorita en enero, me imagino que tengo que avisar en migracion mi cambio de estado civil a cambiado.
    lei en tu información que despues de dos años de casada comprobados puedo pedir mi residencia permanente cierto?, este o no trabajando para despues de esos dos años puedo igual pedir mi residencia permanente solo por ser casada con un mexicano.

    espero tu ayuda.

    y muchas gracias =)

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    1. Hola,

      Es correcto, una vez te cases y cuentes con tu acta de matrimonio (tardan unos días en darla), debes hacer antes de 3 meses, la notificación a migración de Cambio de estado civil.

      Aquí tienes el proceso: http://emigrantesenmexico.blogspot.com.es/2015/09/notificar-cambio-de-estado-civil.html

      Respecto a la solicitud de la residencia permanente.

      Una vez hayan pasado 2 años, puedes solicitar la residencia permanente, por vínculo familiar.

      Es decir, a partir de tu matrimonio, suponiendo que te cases el 20 de enero 2016, el 21 de enero del 2018 podrías solicitar tu residencia permanente.

      Saludos

      Lau

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    2. Mucha gracias por tu respuesta =), tengo otra duda yo vivo en el df en la direccion que tengo registrada en migracion,pero me casaré en el estado por la familia de mi novio, no hay ningun problema que viva en el df y me case en el estado y solo haga cambio de estado civil?, porque seguire viviendo en el df o puede haber problemas que me case en el estado viviendo en el df ya que me imagino el acta de matrimonio saldra con la direccion del registro civil de estado.
      ese cambio de estado civil tiene algun costo?
      Muchas gracias =)

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    3. NO, no hay ningún problema, te puedes casar donde quieras

      Cuando tengas tu acta de matrimonio, necesitas hacer el proceso de notificación por cambio de estado civil, es gratis. Tienes 3 meses para hacerlo, desde que te casas.

      Este es el trámite: http://emigrantesenmexico.blogspot.mx/2015/09/notificar-cambio-de-estado-civil.html

      Saludos

      Lau

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    4. MUCHAS GRACIAS SRTA LAURA =)
      AGRADECIDA.

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  6. Hola, muchas gracias por tan valiosa información. Tengo una pregunta, me casé en china en enero de este año mi esposo es ciudadano chino con residencia temporal y pues queremos que cambie a permanente. Segun lei se requiere esperar 2 años despues de casarse, pero en la pagina de INM encontré esta nota respecto a los requisitos solicitados para el cambio a residencia permanente y me he quedado confundida respecto a esos dos años, espero pueda explicarme bien. Anexo el parrafo tomado de la pag de INM. Saludos y muchas gracias.

    "Ser cónyuge o concubino de mexicano o de residente permanente, que acredite dos años de estancia regular en territorio nacional como residente temporal contados a partir de la fecha que ingresó al territorio nacional o que adquirió la condición de estancia por el vínculo con el mexicano o el residente permanente, siempre que subsista el vínculo"

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    1. Te dice que si estas casado o en concubinato con un mexicano o residente permanente, a los 2 años de residir en Mexico, puedes solicitar la residencia permanente.

      Si es turista y va a solicitar la residencia temporal, entonces deberá renovar solo 1 vez y la segunda, ya pide residencia permanente.

      Si está como residente temporal en México, los 2 años empiezan a contar cuando hace una notificación a migración el cambio de estado civil.

      Saludos

      Lau

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  7. Buen dia! no sabes la tremenda ayuda que es este blog por lo cual primero quiero agradecerte montones, mi proceso de residencia temporal fue una pesadilla y si hubiera encontrado estos recursos antes me hubiera facilitado la vida

    tengo una pregunta o una serie de preguntas y agradecería mucho tu respuesta en esto

    te explico mi situación, entre al pais en 2013 y me case con mi actual esposa en diciembre 13 de ese mismo año, sacamos mis tramites de migración para residente temporal y me fueron entregados en junio de 2013

    la tarjeta original la sacamos por periodo de un año, al expirar la renovamos por periodo de 2 años, ademas durante ese periodo de tiempo saque el permiso de trabajo y actualmente trabajo para una firma de desarrollo de software

    ahora, mi tarjeta esta por expirar el proximo 18 de junio, ya cumpliría los 3 años como residente temporal sin haber salido un solo dia del pais, y ademas casado con mi esposa desde 2013

    mi pregunta principal es la siguiente, podría iniciarse el tramite para mi residencia permanente durante el inicio del mes de mayo durante el cual mi tarjeta de residencia temporal esta aun vigente, sin ningun problema aun cuando la tarjeta va a expirar en junio 18?

    cuanto tiempo normalmente tarda en entregarse la tarjeta de residente permanente?

    o me recomendarías mejor sacar una 4ta renovación de mi residencia temporal, y durante el año sacar la residencia permanente?

    gracias de antemano por tu respuesta

    ResponderEliminar
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    1. Buen día, estoy en una situación un poco similar y me gustaría saber lo que hiciste finalmente. Gracias.

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  8. Laura, Buenas tardes, quiero comentarte mi caso, soy de nacionalidad salvadoreño, vivo en El Salvador, tengo una hija mexicana de mi matrimonio que luego disolvimos por divorcio de comun acuerdo. Mi hija quien es mexicana y vive en México, me comenta que le gustaria que tramitara la residencia por vinculo familia ya que ella desea que esté mas cerca de ella y ademas siempre he permanecido pendiente de sus necesidades de vida, estudio y lo que un hijo necesita para crecer y alcanzar la adultez. Quisiera que me dijeras cononpodriamos iniciar el tramite si yo estoy viviendo en tierra salvadoreña. Al momento tengo visa de turista para viajar a Mexico ya que al menos voy paranalla 1 o 2 vecea por año para asistencia a congresos de minprofesión, soy médico y estudié en Mexico, radique como esrudiante becario porun tiempo promedio de 10 años. Me gustaria que me orientaras como canalizar los esfuerzos para conseguir la residencia permanente o una forma de visa que me permita visitar a mi hija sin renovar cada seis meses la visa de turista. Gracias. Saludos y de antemano gracias por tus comentarios.
    Mario Méndez

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  9. Buenas tardes Laura Gil Gonzales, tengo otra duda, yo con mi naturalización puedo trabajar sin ningún problema, a lo q me refiero es q si, al tener la naturalización no tengo q estar notificando al INM. Y la SEP tampoco tiene q estar cada año actualizando q trabajaría para ellos, osea podría yo hacer todo como ciudadana Mexicana sin estar notificandome por todo, espero haber sido clara con mi pregunta....... Q tengan un excelente día

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  10. Hola! si una persona es residente permanente obtuvo su permiso por matrimonio con mexicano y se divorcian casi 3 años despues y presenta el cambio se aprueba el cambio pero dice el oficio " la condicion está supeditada a al motovo que la otorgo" que significa? pierde por divorcio la residencia?

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  11. Hola, soy residente permanente y tengo una hija de 24 años q vive sola en cuba porque su papa tambien vive aqui. Existe alguna via de que pueda vivir con nosotros?
    Muchas gracias

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